A/RES/49/136
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programas de ajuste estructural no siempre han procedido de una política
concebida y definida a largo plazo,
Reconociendo que el sector público y el sector privado pueden desempeñar
papeles importantes y complementarios en el fomento del crecimiento económico
sostenido y el desarrollo sostenible,
Reconociendo también la importancia de una administración pública
eficiente y competente, responsable ante la población, para la aplicación
satisfactoria de las reformas económicas en todos los países, en especial en
los países con economías en transición,
Destacando la importancia de la cooperación internacional para apoyar
los esfuerzos nacionales de los países en desarrollo en el fomento de la
capacidad de la administración pública para el desarrollo,
Reconociendo la importancia de las actividades que se realizan en el
marco del programa de las Naciones Unidas en materia de administración y
finanzas públicas para promover la eficiencia de la administración pública, en
particular en los países en desarrollo y en los países con economías en
transición,
Reconociendo también la importancia de intercambiar opiniones y
experiencias para promover una mejor comprensión del papel de la
administración pública en el desarrollo y fomentar la cooperación
internacional en esa esfera,
1.
Toma nota de la Declaración de Tánger 1/, aprobada por la
Conferencia Panafricana de Ministros de Administración Pública celebrada en
Marruecos los días 20 y 21 de junio de 1994;
2.
Decide reanudar en marzo y abril de 1996 su quincuagésimo período
de sesiones para examinar la cuestión de la administración pública y el
desarrollo, intercambiar experiencias, pasar revista a las actividades de las
Naciones Unidas en esa esfera y formular las recomendaciones que proceda;
3.
Invita a todos los Estados a que participen activamente en la
continuación del período de sesiones y envíen una representación del más alto
nivel político posible;
4.
Pide al Grupo de Expertos sobre el Programa de las Naciones Unidas
en materia de administración y finanzas públicas que contribuya, por conducto
del Consejo Económico y Social, a la labor de la continuación de su período de
sesiones, sobre la base de la experiencia adquirida en la asistencia a países
en desarrollo y países con economías en transición para el fomento de la
capacidad de la administración pública para el desarrollo;
5.
Pide al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a
otras organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas que contribuyan, por
conducto del Consejo Económico y Social, a la labor de la continuación de su
período de sesiones;
1/
Véase A/49/495, anexo.
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