A/RES/52/206
Página 2
Expresando su reconocimiento a los gobiernos y las instituciones privadas que han aportado o
prometido contribuciones financieras y de otra índole al Instituto,
Reiterando que la financiación de los programas de formación profesional que se imparten a petición
expresa de los Estados o de los departamentos y dependencias de la Organización, otros órganos del
sistema de las Naciones Unidas y los organismos especializados debería ser obtenida por las partes
solicitantes,
Reconociendo que debería asignarse a las actividades de formación profesional un papel más
destacado y de mayor alcance en apoyo de la gestión de los asuntos internacionales y en la ejecución de
los programas de desarrollo económico y social del sistema de las Naciones Unidas,
1. Reafirma la pertinencia del Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e
Investigaciones, habida cuenta de la importancia cada vez mayor de las actividades de formación
profesional dentro de las Naciones Unidas y las necesidades a ese respecto de los Estados, así como del
interés que revisten las actividades de investigación relacionadas con la formación profesional que lleva
a cabo el Instituto con arreglo a su mandato;
2. Invita al Instituto a que siga aumentando su cooperación con otros institutos de las Naciones
Unidas, con institutos competentes en los planos nacional, regional e internacional y con diversos
proyectos;
3. Hace un nuevo llamamiento a todos los gobiernos y a las instituciones privadas que aún no
hayan hecho contribuciones financieras o de otra índole al Instituto para que le presten generoso apoyo
financiero y de otro tipo, e insta a los Estados que hayan dejado de hacer contribuciones voluntarias a que
consideren la posibilidad de volver a hacerlas en vista del éxito de la reestructuración y revitalización del
Instituto;
4. Destaca la necesidad de una división eficiente del trabajo entre las principales instituciones de
formación e investigación del sistema de las Naciones Unidas, teniendo en cuenta los mandatos específicos
y complementarios de la Universidad de las Naciones Unidas, el Instituto de las Naciones Unidas para
Formación Profesional e Investigaciones y la Escuela Superior de Personal de las Naciones Unidas y, a
este respecto, toma nota de las recomendaciones de la Dependencia Común de Inspección;
5. Destaca también la necesidad de una mejor coordinación entre las principales instituciones de
formación profesional e investigaciones del sistema de las Naciones Unidas y, a este respecto, toma nota
de las recomendaciones de la Dependencia Común de Inspección;
6. Destaca además, a este respecto, la necesidad de que la Asamblea General considere de un modo
coherente todos los principales problemas relativos a la formación profesional, sin prejuicio de lo dispuesto
en su resolución 50/227, de 24 de mayo de 1996;
7. Acoge con beneplácito la iniciativa de la Junta de Consejeros y del Director Ejecutivo de estudiar
la posibilidad de que el Instituto se convierta en asociado de los órganos y organismos del sistema de las
Naciones Unidas en lo que respecta a los programas de formación profesional de éstos, en especial los
destinados a países en desarrollo y países con economías en transición, de conformidad con la división
del trabajo;
/...