A/HRC/RES/52/13 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 17 de abril de 2023 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 52º período de sesiones 27 de febrero a 4 de abril de 2023 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 3 de abril de 2023 52/13. Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando también todas las resoluciones anteriores sobre los derechos humanos y las medidas coercitivas unilaterales aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos, el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General, Recordando además las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 46/5, de 23 de marzo de 2021, y 49/6, de 31 de marzo de 2022, así como las resoluciones de la Asamblea General 76/171, de 16 de diciembre de 2021, y 77/214, de 15 de diciembre de 2022, Acogiendo con beneplácito la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que se insta encarecidamente a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar unilateralmente medidas económicas, financieras o comerciales que no sean compatibles con el derecho internacional y la Carta y que impidan la plena consecución del desarrollo económico y social, particularmente en los países menos adelantados y los países en desarrollo, Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 46/14, de 23 de marzo de 2021, y 49/25, de 1 de abril de 2022, relativas a la necesidad de asegurar el acceso equitativo, asequible, oportuno y universal de todos los países a las vacunas para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), en las que el Consejo expresó su profunda preocupación por los efectos negativos de la pandemia de COVID-19 en el disfrute de los derechos humanos en todo el mundo y puso de relieve la importancia de los derechos humanos en la articulación de la respuesta a la pandemia y la recuperación inclusiva de esta, Recordando también la resolución 27/21 del Consejo de Derechos Humanos, de 26 de septiembre de 2014, y su corrección, en la que el Consejo decidió organizar una mesa redonda bienal sobre la cuestión de las medidas coercitivas unilaterales y los derechos humanos, GE.23-07157 (S) 050523 050523

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