A/HRC/RES/52/13
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
17 de abril de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
52º período de sesiones
27 de febrero a 4 de abril de 2023
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 3 de abril de 2023
52/13.
Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales
en el disfrute de los derechos humanos
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando también todas las resoluciones anteriores sobre los derechos humanos y
las medidas coercitivas unilaterales aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos, el
Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General,
Recordando además las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 46/5, de
23 de marzo de 2021, y 49/6, de 31 de marzo de 2022, así como las resoluciones de la
Asamblea General 76/171, de 16 de diciembre de 2021, y 77/214, de 15 de diciembre
de 2022,
Acogiendo con beneplácito la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de
septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible”, en la que se insta encarecidamente a todos los Estados a que se abstengan de
promulgar y aplicar unilateralmente medidas económicas, financieras o comerciales que no
sean compatibles con el derecho internacional y la Carta y que impidan la plena consecución
del desarrollo económico y social, particularmente en los países menos adelantados y los
países en desarrollo,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 46/14, de 23 de
marzo de 2021, y 49/25, de 1 de abril de 2022, relativas a la necesidad de asegurar el acceso
equitativo, asequible, oportuno y universal de todos los países a las vacunas para hacer frente
a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), en las que el Consejo expresó su
profunda preocupación por los efectos negativos de la pandemia de COVID-19 en el disfrute
de los derechos humanos en todo el mundo y puso de relieve la importancia de los derechos
humanos en la articulación de la respuesta a la pandemia y la recuperación inclusiva de esta,
Recordando también la resolución 27/21 del Consejo de Derechos Humanos, de 26 de
septiembre de 2014, y su corrección, en la que el Consejo decidió organizar una mesa redonda
bienal sobre la cuestión de las medidas coercitivas unilaterales y los derechos humanos,
GE.23-07157 (S)
050523
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