Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/57/324
Distr. general
17 de julio de 2003
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 127 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/57/837)]
57/324. Financiación de la Fuerza de las Naciones Unidas
de Observación de la Separación
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación
de la Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la Separación1 y los informes
conexos de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2,
Recordando la resolución 350 (1974) del Consejo de Seguridad, de 31 de
mayo de 1974, relativa al establecimiento de la Fuerza de las Naciones Unidas de
Observación de la Separación, y las resoluciones posteriores por las que el
Consejo prorrogó el mandato de la Fuerza, la más reciente de las cuales es la
resolución 1451 (2002), de 17 de diciembre de 2002,
Recordando también su resolución 3211 B (XXIX), de 29 de noviembre de
1974, sobre la financiación de la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas y de
la Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la Separación, y sus
resoluciones posteriores sobre la cuestión, la más reciente de las cuales es la
resolución 56/294, de 27 de junio de 2002,
Reafirmando los principios generales en que se basa la financiación de las
operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, enunciados en
sus resoluciones 1874 (S-IV), de 27 de junio de 1963, 3101 (XXVIII), de 11 de
diciembre de 1973, y 55/235, de 23 de diciembre de 2000,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Fuerza los recursos
financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en
virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad,
1.
Toma nota del estado de las contribuciones para la Fuerza de las
Naciones Unidas de Observación de la Separación al 31 de marzo de 2003, en
particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 25,7 millones de dólares de
los Estados Unidos, que constituyen aproximadamente el 2% del total de las cuotas,
observa con preocupación que sólo treinta y tres Estados Miembros han pagado
_______________
1
2
02 56284
A/57/668, A/57/688 y A/57/723.
A/57/772 y Add.7.