3. Pide al Secretario General que siga examinando detenidamente las recomendaciones de la auditoría interna antes de adoptar medidas correctivas; 4. Expresa preocupación por la falta de una política coherente para aplicar las recomendaciones de auditoría respecto de los casos de fraude y abusos financieros; 5. Pide al Secretario General que vele por que se apliquen las recomendaciones de auditoría respecto de los casos de fraude y abuso financiero de manera coherente en toda la Secretaría; 6. Insta a que se hagan mayores esfuerzos por dar capacitación y orientación adecuadas a los oficiales de adquisiciones en las oficinas exteriores, especialmente dada la perspectiva de aumento de las actividades de las Naciones Unidas para mantenimiento de la paz; 7. Espera con interés el informe del Secretario General sobre la adquisición de bienes para las zonas de acantonamiento de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Angola; 8. Pide al Secretario General que suministre información adicional acerca de las medidas que esté adoptando la Secretaría para mejorar las actividades de adquisición en las oficinas exteriores y perfeccionar el control y la responsabilidad, en el contexto del informe sobre irregularidades de gestión que ocasionan pérdidas financieras a la Organización, con arreglo a lo pedido por la Asamblea General en su resolución 53/225, de 8 de junio de 1999, y pide al Secretario General que presente un informe a la Asamblea General, antes de la segunda parte de la reanudación de su quincuagésimo cuarto período de sesiones, con un plan concreto para corregir los problemas relacionados con la adquisición en las operaciones de mantenimiento de la paz, en el que se debe incluir lo siguiente: a) Todas las medidas correctivas adoptadas para remediar los problemas identificados con respecto a la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en Angola y otras operaciones de mantenimiento de la paz; b) Estandarización de las medidas correctivas que ya se hayan adoptado respecto de todas las operaciones de mantenimiento de la paz existentes y futuras; c) Una descripción de la forma en que se determinó la responsabilidad en los casos de los individuos considerados culpables de haber cometido fraude, mala administración o abuso, y de la forma en que se aplicarán los criterios para determinar la responsabilidad en el futuro. 43a. sesión plenaria 29 de octubre de 1999

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