A/RES/57/337
despliegues preventivos con el consentimiento y la cooperación de los Estados
Miembros afectados;
30. Alienta al Consejo de Seguridad a que, cuando proceda, preste mayor
atención a las perspectivas de género en todas sus actividades de prevención de
conflictos armados;
31. Alienta al Consejo de Seguridad y al Consejo Económico y Social a que
intensifiquen la cooperación mutua y la coordinación, de conformidad con sus
respectivos mandatos, para la prevención de conflictos armados;
Papel del Consejo Económico y Social
32. Apoya la participación más activa del Consejo Económico y Social en lo
que respecta a la prevención de conflictos armados, teniendo en cuenta las
recomendaciones pertinentes del Secretario General y la necesidad de promover
medidas socioeconómicas, incluido el crecimiento económico, en apoyo de la
erradicación de la pobreza y el desarrollo, como elemento central de la estrategia del
Consejo a ese respecto;
33. Acoge con satisfacción la resolución 2002/1 del Consejo Económico y
Social, de 15 de julio de 2002, que prevé la creación de grupos consultivos
especiales sobre países africanos que salgan de situaciones de conflicto, así como la
decisión 2002/304 del Consejo, de 25 de octubre de 2002, por la que se estableció el
Grupo Consultivo Especial sobre Guinea-Bissau, pide al Consejo que presente un
informe sobre la experiencia adquirida por los grupos consultivos especiales durante
su período de sesiones sustantivo de 2004, y recomienda que se sigan fortaleciendo
esas iniciativas, incluso con medidas que promuevan respuestas más eficaces en
cooperación y coordinación con el sistema de las Naciones Unidas en su conjunto,
las instituciones de Bretton Woods y la Organización Mundial del Comercio;
Papel del Secretario General
34. Acoge con satisfacción la intención del Secretario General de entablar en
el sistema de las Naciones Unidas un diálogo centrado en las medidas prácticas que
debe adoptar el sistema para promover una mayor coherencia en sus actividades
para la prevención de conflictos armados y recomienda que se considere, entre otras
cosas, la determinación de un marco apropiado para la elaboración de estrategias a
nivel del sistema, coherentes y orientadas a la acción, en el sistema de las Naciones
Unidas, en la Sede y sobre el terreno, y para la racionalización de los
procedimientos de financiación de las actividades de prevención de conflictos
armados;
35. Recuerda, en ese contexto, la necesidad de reforzar la capacidad de las
Naciones Unidas en materia de alerta temprana, reunión de información y análisis,
como se contempla en su resolución 47/120 A, de 18 de diciembre de 1992, y
destaca las correspondientes conclusiones y recomendaciones contenidas en su
resolución 56/225, de 24 de diciembre de 2001;
36. Apoya la intención del Secretario General de utilizar mejor los medios de
que dispone y en el marco de sus atribuciones para propiciar la prevención de
conflictos armados, incluso mediante misiones de determinación de los hechos y
medidas de fomento de la confianza;
8
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos