A/RES/55/258 I Principios y función de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Secretaría Reafirma los principios enunciados en la sección I de su resolución 53/221 con respecto a la gestión de los recursos humanos, así como la función de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Secretaría que se expone en la sección II de esa resolución; II Planificación de los recursos humanos Reafirma las disposiciones que figuran en la sección III de su resolución 53/221; III Arreglos contractuales Habiendo examinado las propuestas del Secretario General sobre los nuevos arreglos contractuales, 1. Decide volver a examinar esta cuestión en su quincuagésimo séptimo período de sesiones; 2. Pide al Secretario General que someta a la consideración de la Asamblea General sus propuestas definitivas sobre los nuevos arreglos contractuales, siguiendo los pasos indicados en el párrafo 50 de su informe y especificando las diferencias entre los tipos de nombramientos existentes y los propuestos; IV Contratación y colocación Reconociendo el valor de un proceso transparente de contratación, colocación y ascensos en la Organización, Habiendo examinado las propuestas del Secretario General relativas a la modificación del sistema de contratación, colocación y ascensos, 1. Hace suyas las opiniones y recomendaciones de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto que figuran en los párrafos 8 a 11 y en el anexo VIII de su informe4, a reserva de las disposiciones de la presente resolución; 2. Pide al Secretario General que se asegure de que la consideración primordial al contratar personal sea el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad teniendo debidamente en cuenta el principio de la distribución geográfica equitativa, de conformidad con el párrafo 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas; 3. Reitera que todos los anuncios de vacantes para candidatos externos deberán remitirse a las misiones permanentes de los Estados Miembros y exhibirse en las carteleras de las Naciones Unidas, además de colocarse en la página de presentación de las Naciones Unidas en la Red, decide que se distribuyan debidamente el día de su publicación y que se dé un plazo mínimo de dos meses para la presentación de solicitudes desde la fecha de publicación y que, en el caso de las vacantes imprevistas, como, entre otras, las ocasionadas por el fallecimiento o la partida repentina de funcionarios, el Secretario General podrá reducir a 30 días el plazo para la presentación de solicitudes relativas a 4 2 A/55/499.

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