A/RES/59/242
2.
Toma nota del informe del Secretario General 4;
3.
Acoge complacida la aprobación de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción3;
4.
Reitera su invitación a todos los Estados Miembros y las organizaciones
regionales de integración económica competentes a que firmen, ratifiquen y apliquen
plenamente y cuanto antes la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, para que entre en vigor rápidamente;
Acoge complacida los esfuerzos de los Estados Miembros que han
5.
promulgado legislación y adoptado otras medidas positivas de lucha contra la
corrupción en todas sus formas incluso, entre otras cosas, de conformidad con la
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y, a ese respecto, alienta a
los Estados Miembros que todavía no lo hayan hecho a que promulguen legislación
de ese tipo;
Alienta a todos los gobiernos a prevenir, combatir y tipificar la
6.
corrupción en todas sus formas, incluso el soborno, el blanqueo de dinero y la
transferencia de activos adquiridos ilícitamente, y a que se esfuercen por la pronta
repatriación de esos activos mediante actividades de recuperación de activos acordes
con los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción,
en particular el capítulo V;
Alienta también la cooperación subregional y regional, cuando proceda,
7.
en los esfuerzos para prevenir y combatir las prácticas corruptas y la transferencia
de activos de origen ilícito, así como para la recuperación de activos, en
consonancia con los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, en particular el capítulo V;
Exhorta a una mayor cooperación internacional, entre otras cosas, por
8.
conducto del sistema de las Naciones Unidas, en apoyo de las actividades
nacionales, subregionales y regionales para prevenir y combatir las prácticas
corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito, así como para la
recuperación de activos, en consonancia con los principios de la Convención de las
Naciones Unidas contra la Corrupción, en particular el capítulo V;
Alienta a los Estados Miembros a que proporcionen recursos
9.
financieros y humanos suficientes a la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito, y alienta también a la Oficina a que dé alta prioridad a la
cooperación técnica, cuando se le solicite, para, entre otras cosas, promover y facilitar
la firma y la ratificación, aceptación, aprobación de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción, o la adhesión a ella y su aplicación, incluso la pronta
conclusión de la guía legislativa para la ratificación y aplicación de la Convención, en
cooperación con el Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones
sobre la Delincuencia y la Justicia;
10. Reitera su petición a la comunidad internacional para que preste, entre
otras cosas, asistencia técnica en apoyo de las actividades nacionales de
fortalecimiento de la capacidad humana e institucional destinadas a prevenir y
combatir las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito, así
como para recuperar los activos, en consonancia con los principios de
la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, en particular el
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4
A/59/203 y Add.1.
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