A/RES/52/145 Página 2 Recordando que el Afganistán es parte en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio5, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes6 y la Convención sobre los Derechos del Niño7, y que ha firmado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer8, Recordando todas sus resoluciones sobre la cuestión, así como las de la Comisión de Derechos Humanos y las decisiones del Consejo Económico y Social, Recordando también la profunda inquietud expresada por el Consejo de Seguridad ante la continuación de la discriminación contra niñas y mujeres y otras violaciones de los derechos humanos, así como violaciones del derecho internacional humanitario en el Afganistán9, Observando complacida que la Misión Especial de las Naciones Unidas en el Afganistán asigna especial importancia a las cuestiones de derechos humanos en sus conversaciones con todas las partes afganas, 1. Toma nota con reconocimiento del informe provisional del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en el Afganistán10 y de las conclusiones y recomendaciones que allí figuran; 2. Toma nota con profunda preocupación de la intensificación de las hostilidades armadas en el Afganistán, que han ocasionado la destrucción de viviendas y desalojos forzados, incluso por motivos de origen étnico, y exhorta a todas las partes interesadas a que pongan fin de inmediato a las hostilidades y entablen un diálogo político encaminado a lograr la reconciliación nacional y el regreso voluntario de las personas desplazadas a sus hogares en condiciones de seguridad y dignidad; 3. Toma nota también con profunda preocupación del persistente deterioro de la situación relativa a los derechos humanos en el Afganistán, incluida la condición de la mujer, según informa el Relator Especial, y condena las violaciones y abusos de los derechos humanos y del derecho humanitario, incluidos los derechos a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, la libertad de la tortura y otras formas de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y la libertad de opinión, expresión, religión, asociación y circulación; 4. Expresa, en particular, su profunda inquietud por la frecuente práctica de detenciones y arrestos arbitrarios y juicios sumarios en todo el país, que han culminado con ejecuciones sumarias, así como por 5 Resolución 260 A (III). 6 Resolución 39/46, anexo. 7 Resolución 44/25, anexo. 8 Resolución 34/180, anexo. 9 S/PRST/1997/35; véase Resoluciones y Decisiones del Consejo de Seguridad, 1997. 10 A/52/493, anexo. /...

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