A/RES/51/177 Página 6 29. Pide a todas las organizaciones y organismos especializados pertinentes de las Naciones Unidas que determinen las medidas concretas que llevarán a cabo, en el marco de sus mandatos, con miras a la aplicación del Programa de Hábitat, y en ese contexto los invita a que informen al Comité Administrativo de Coordinación sobre esas medidas y a que informen a la Asamblea General, en su quincuagésimo segundo período de sesiones, por conducto del Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1997, sobre sus planes y actividades concretos; 30. Invita a las instituciones de Bretton Woods a que participen activamente en la aplicación y el seguimiento del resultado de la Conferencia y a que intensifiquen su cooperación con el sistema de las Naciones Unidas con ese fin; 31. Reafirma que la demanda de vivienda y servicios de infraestructura en el ámbito de los asentamientos humanos aumenta constantemente y que las comunidades y los países, especialmente los países en desarrollo, tienen dificultades para movilizar recursos financieros suficientes para sufragar los gastos de vivienda, servicios y obras de infraestructura, que aumentan rápidamente, y reafirma además que se necesitan recursos financieros nuevos y adicionales de diversas fuentes para lograr los objetivos de la vivienda adecuada para todos y el desarrollo sostenible de los asentamientos humanos en un mundo en proceso de urbanización, y que los recursos existentes de que disponen los países en desarrollo - públicos, privados, multilaterales, bilaterales, nacionales y externos - deben incrementarse mediante instrumentos económicos y mecanismos apropiados y flexibles para contribuir a los objetivos de la vivienda adecuada y el desarrollo sostenible de los asentamientos humanos; 32. Subraya que la aplicación íntegra y efectiva del Programa de Hábitat, en particular en todos los países en desarrollo, especialmente los países de África y los países menos adelantados, requerirá la movilización de recursos financieros adicionales de diversas fuentes a nivel nacional e internacional y una cooperación para el desarrollo más eficaz a fin de promover la asistencia a las actividades relacionadas con la vivienda y los asentamientos humanos; 33. Invita a todos los gobiernos y a la comunidad internacional para que tengan en cuenta el papel de la Fundación de las Naciones Unidas para el Hábitat y los Asentamientos Humanos en el seguimiento del Programa de Hábitat y que consideren la posibilidad de prestar más apoyo a la Fundación en sus actividades, teniendo presente la necesidad de continuar aumentando su eficacia; 34. Pide a los programas y fondos del sistema de las Naciones Unidas y a las comisiones regionales que, de manera acorde con sus respectivos mandatos, apoyen plenamente la aplicación efectiva del Programa de Hábitat, particularmente sobre el terreno, según proceda; 35. Pide también al Secretario General que le informe en su quincuagésimo segundo período de sesiones, por conducto del Consejo Económico y Social, sobre la aplicación de la presente resolución; 36. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo segundo período de sesiones un subtema titulado "Aplicación de los resultados /...

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