A/RES/74/251 Planificación de los programas 2022, con referencia a las disposiciones aplicables de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, incluidas sus resoluciones 47/212 A, de 23 de diciembre de 1992, y 72/266 A; d) Mejorar el vínculo entre los planes por programas anteriores y los proyectos de planes futuros, con miras a garantizar la coherencia y la continuidad; e) Incorporar más información general sobre los programas y subprogramas, mostrando no solo ejemplos de resultados reales y previstos, sino también un panorama general de las actividades y la estrategia general que abarque un recuento global de los resultados reales y previstos; f) Presentar información sobre la ejecución respecto de un conjunto amplio de resultados, lo que permitiría mejorar la supervisión, la transparencia y la rendición de cuentas en la ejecución de todas las actividades del plan por programas que apruebe la Asamblea General; g) Proporcionar, en el contexto de las medidas de la ejecución, datos reales sobre la ejecución correspondientes a tres años anteriores como mínimo para facilitar una mejor comprensión y evaluación de los progresos realizados a nivel de los programas y los subprogramas; h) Incluir una estrategia tanto a nivel de los programas como de los subprogramas; i) Incorporar la lista de mandatos legislativos en el documento oficial publicado y no en el documento complementario proporcionado de manera o ficiosa; j) Sustituir la sección propuesta sobre el alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible por información concreta sobre cómo contribuyen los programas y subprogramas pertinentes al logro de los Objetivos, de conformidad con los mandatos intergubernamentales específicos asociados a los mismos; k) Utilizar una numeración simplificada e identificable para mejorar la legibilidad y las referencias del proyecto de plan por programas; l) Reducir el uso de fotografías de acompañamiento en el “Prefacio” del proyecto de plan de cada programa; m) Asegurar que los casos anecdóticos incluidos en los subprogramas se utilicen solo para proporcionar ejemplos de resultados reales y previstos, como se indica en el apartado e); n) Asegurar que los términos y expresiones a los que se hace referencia en el proyecto del plan por programas hayan sido acordados a nivel intergubernamental; 16. Aprueba, con carácter excepcional y sin sentar precedente, en relación con los programas 5, 8, 10, 12, 13, 16, 17, 19, 22, 27 y 28 del proyecto de presupuesto por programas para 2020, la descripción del programa compuesta únicamente de las secciones tituladas “Mandatos y antecedentes”, “Novedades”, “Estrategia y factores externos para 2020” y “Actividades de evaluación” a nivel de los programas y por objetivo a nivel de los subprogramas; 17. Aprueba también, con carácter excepcional y sin sentar precedente, en relación con los programas 1, 2, 3, 4, 7, 9, 11, 14, 15, 18, 20, 21, 23, 24, 25 y 26 del proyecto de presupuesto por programas para 2020, una descripción del programa compuesta únicamente de la lista de mandatos a nivel de los programas y los objetivos aprobados por la Asamblea General en su resolución 71/6 y los entregables para 2020 a nivel de los subprogramas; 4/5 19-22679

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