Lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos, la estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas, basados en la religión o las creencias A/RES/73/164 Reafirmando también que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí, Reafirmando además que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 8 dispone, entre otras cosas, que todas las personas tienen derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o creencias, lo que incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza, Reafirmando el papel positivo que el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión y el pleno respeto de la libertad de buscar, recibir y comunicar información puede desempeñar en el fortalecimiento de la democracia y la lucha contra la intolerancia religiosa, y reafirmando además que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión entraña deberes y responsabilidades especiales, de conformidad con el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Expresando profunda preocupación por los actos que constituyen una apología del odio religioso y, por consiguiente, socavan el espíritu de tolerancia y el respeto de la diversidad, Reafirmando que el terrorismo no puede y no debe asociarse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico, Condenando los actos delictivos cometidos por grupos y movimientos terroristas y extremistas contra las personas en razón de su religión o sus creencias, y lamentando profundamente los intentos de vincular esos actos a un a determinada religión o a determinadas creencias, Reafirmando que la violencia nunca puede ser una respuesta aceptable a los actos de intolerancia en razón de la religión o las creencias, Recordando la aprobación de sus resoluciones 69/140, de 15 de diciembre de 2014, 70/19, de 3 de diciembre de 2015, 71/249, de 22 de diciembre de 2016, y 72/136, de 11 de diciembre de 2017, relativas a la promoción del diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz, 69/312, de 6 de julio de 2015, relativa a la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas, y 67/104, de 17 de diciembre de 2012, en la que proclamó el período 2013-2022 Decenio Internacional de Acercamiento de las Culturas, Profundamente preocupada por los continuos incidentes de intolerancia, discriminación y violencia contra las personas en razón de su religión o sus creencias que tienen lugar en todas las regiones del mundo, Deplorando cualquier apología de la discriminación o la violencia en razón de la religión o las creencias, Deplorando profundamente todos los actos de violencia contra las personas en razón de su religión o sus creencias, así como todos los actos de este tipo dirigidos contra sus hogares, empresas, propiedades, escuelas, centros culturales o lugares de culto, Deplorando profundamente también todos los ataques contra lugares de culto, lugares sagrados y santuarios, que violan el derecho internacional, en particular el derecho de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, incluida toda destrucción deliberada de reliquias y monumentos, __________________ 8 2/6 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. Error! No document variable supplied.

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