A/RES/56/128 m) Estudien, mediante consultas con comunidades y con grupos religiosos y culturales y sus dirigentes, alternativas a las prácticas tradicionales o consuetudinarias perjudiciales, en particular en los casos en que esas prácticas formen parte de una ceremonia ritual o rito de iniciación, y promuevan esas alternativas mediante la capacitación y reconversión de quienes practican la medicina tradicional; n) Cooperen estrechamente con la Relatora Especial de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos sobre las prácticas tradicionales que afectan a la salud de la mujer y la niña, en particular, suministrándole toda la información que solicite y considerando seriamente la posibilidad de invitarla a sus países; o) Cooperen estrechamente con los organismos especializados y los fondos y programas correspondientes de las Naciones Unidas, así como con las organizaciones no gubernamentales y comunitarias pertinentes, en un esfuerzo común por erradicar las prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a la salud de la mujer y la niña; p) Incluyan en sus informes al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, al Comité de los Derechos del Niño y otros órganos competentes creados en virtud de tratados información concreta sobre las medidas adoptadas para eliminar las prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a la salud de la mujer y la niña, incluida la mutilación genital femenina, y para procesar a quienes las perpetran; 4. Invita a: a) Los organismos especializados, los órganos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales regionales y las organizaciones no gubernamentales correspondientes a que intercambien información acerca del tema de la presente resolución y alienta a hacerlo a las organizaciones no gubernamentales que realizan actividades en ese ámbito y los órganos que vigilan la aplicación de los tratados pertinentes de derechos humanos; b) La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer a que se ocupe de la cuestión en su 47° período de sesiones en relación con el tema prioritario titulado “Los derechos humanos de la mujer y la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer y la niña, según la definición de la Plataforma de Acción de Beijing y del documento final del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General”; c) Los gobiernos, las organizaciones y los particulares que estén en condiciones de hacerlo a que hagan contribuciones al fondo fiduciario destinado a apoyar la labor de la Embajadora Especial para la eliminación de la mutilación genital femenina del Fondo de Población de las Naciones Unidas; 5. Pide al Secretario General que: a) Ponga su informe a disposición de las reuniones pertinentes que se celebren dentro del sistema de las Naciones Unidas; b) Le presente, en su quincuagésimo octavo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, centrado especialmente en la evolución reciente de la situación en los planos nacional e internacional, incluidos ejemplos de las mejores prácticas nacionales y de cooperación internacional. 88ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2001 5

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