A/RES/67/210
Naciones Unidas
Distr. general
12 de marzo de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 20 d) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 21 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/67/437/Add.4)]
67/210. Protección del clima mundial para las generaciones
presentes y futuras
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 43/53, de 6 de diciembre de 1988, 54/222, de
22 de diciembre de 1999, 62/86, de 10 de diciembre de 2007, 63/32, de 26 de
noviembre de 2008, 64/73, de 7 de diciembre de 2009, 65/159, de 20 de diciembre
de 2010, y 66/200, de 22 de diciembre de 2011, y otras resoluciones y decisiones
relativas a la protección del clima mundial para las generaciones presentes y futuras,
Recordando también las disposiciones de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 1, incluido el reconocimiento de que la
naturaleza mundial del cambio climático requiere la cooperación más amplia posible
de todos los países y su participación en una respuesta internacional efectiva y
apropiada, de conformidad con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas,
sus capacidades respectivas y sus condiciones sociales y económicas,
Reconociendo que los países desarrollados que son partes en la Convención
deben asumir el liderazgo en la lucha contra el cambio climático y sus
efectos adversos,
Recordando la Declaración del Milenio 2, la Declaración de Johannesburgo
sobre el Desarrollo Sostenible 3 y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la
Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación de las
Decisiones de Johannesburgo) 4, el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 5,
los resultados del 13º período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y del tercer
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 55/2.
3
Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto
a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y
correcciones), cap. I, resolución 1, anexo.
4
Ibid., resolución 2, anexo.
5
Resolución 60/1.
2
12-49123S
*1249123*
Se ruega reciclar