Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del
delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/72/196
prevención del delito basados en la comprensión de los numerosos factores que
contribuyen a su comisión, y a que se ocupen de esos factores de manera integral, en
estrecha cooperación con todos los interesados, incluida la sociedad civil, y
destacando al respecto que el desarrollo social y la promoción del estado de derecho,
incluido el fomento de una cultura de legalidad, acompañado del respeto a la identidad
cultural, de conformidad con la Declaración de Doha, deberían ser elemento s
esenciales de las estrategias dirigidas a fomentar la prevención del delito y el
desarrollo económico en todos los Estados,
Reafirmando su compromiso y firme voluntad política de apoyar unos sistemas
de justicia penal eficaces, imparciales, humanos y responsab les y las instituciones que
los integran, alentando la participación efectiva y la inclusión de todos los sectores
de la sociedad, lo cual permitirá crear las condiciones necesarias para promover el
programa más amplio de las Naciones Unidas, y reconociend o la responsabilidad de
los Estados Miembros de defender la dignidad humana y todos los derechos humanos
y libertades fundamentales de todas las personas, en particular las afectadas por la
delincuencia y las que están en contacto con el sistema de justici a penal, incluidos los
miembros vulnerables de la sociedad, independientemente de su condición, que
podrían ser objeto de formas múltiples y agravadas de discriminación, y de prevenir
y combatir la delincuencia motivada por la intolerancia o la discriminac ión de toda
índole,
Tomando nota de la resolución 25/2 de la Comisión de Prevención del Delito y
Justicia Penal, de 27 de mayo de 2016, relativa a la promoción de la asistencia
jurídica, en particular a través de una red de proveedores de asistencia jurídica 8, en
que la Comisión alentó a los Estados Miembros a que adoptasen medidas legislativas
o de otra índole, o fortalecieran las existentes, a fin de asegurar la prestación de
asistencia jurídica eficaz, también a las víctimas de delitos, conforme a su legislación
interna y en consonancia con los Principios y Directrices de las Naciones Unidas
sobre el Acceso a la Asistencia Jurídica en los Sistemas de Justicia Penal 9, y que
también contribuye a la aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible,
Acogiendo con beneplácito las iniciativas llevadas a cabo por algunos Estados
Miembros para establecer una norma común en materia de documentación como
instrumento para facilitar tanto la interoperabilidad técnica como la accesibilidad de
la documentación jurídica,
Profundamente preocupada por los efectos negativos que tiene la corrupción en
el desarrollo y en el goce de los derechos humanos, y reconociendo la importancia
universal de la buena gobernanza, la transparencia, la integridad y la rendición de
cuentas, y, por ello, pidiendo tolerancia cero ante la corrupción y medidas más
eficaces para prevenir y combatir la corrupción en todas sus formas, especialmente el
soborno, así como medidas para prevenir el blanqueo del producto de la corrupción y
otras formas de delincuencia,
Observando la celebración del séptimo período de sesiones de la Conferencia
de los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción,
que tuvo lugar en Viena del 6 al 10 de noviembre de 2017,
Acogiendo con beneplácito los progresos alcanzados en el segundo ciclo del
Mecanismo de Examen de la Aplicación de la Convención de las Naciones Unidas
contra la Corrupción, y destacando la importancia de que todos los Estados partes
apliquen eficazmente la Convención en todos sus aspectos,
__________________
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17-23196
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2016, Suplemento núm. 10
(E/2016/30), cap. I, secc. D.
Resolución 67/187, anexo.
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