Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica A/RES/72/196 Preocupada por la creciente participación de grupos delictivos organizados y grupos terroristas en el tráfico de bienes culturales en todas sus formas y aspectos y los delitos conexos, y alarmada por la destrucción del patrimonio cultural perpetrada recientemente por grupos terroristas, que está vinculada al tráfico de bienes culturales en algunos países y a la financiación de actividades ter roristas, Reconociendo el papel indispensable de las respuestas en materia de prevención del delito y justicia penal para combatir de manera amplia y eficaz el tráfico de bienes culturales en todas sus formas y aspectos y los delitos conexos, y subrayand o la importancia del instrumento de asistencia práctica destinado a apoyar la aplicación de las Directrices Internacionales sobre las Respuestas de Prevención del Delito y Justicia Penal al Tráfico de Bienes Culturales y Otros Delitos Conexos 21, por conducto de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, y la aplicación de las resoluciones 68/186, de 18 de diciembre de 2013, 69/196 y 70/76, de 9 de diciembre de 2015, y facilitar la cooperación operacional en la lucha contra todas las formas del tráfico de bienes culturales, y la petición hecha a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para que preste asistencia práctica en la aplicación de las Directrices y facilite la cooperación en este ámbito, incluso en la lucha contra la financiación del terrorismo de conformidad con la resolución 70/177, de 17 de diciembre de 2015, Afirmando que la destrucción del patrimonio cultural, que es representativo de la diversidad de la cultura humana, borra la memoria colectiva de una nación, desestabiliza a las comunidades y amenaza su identidad cultural, y poniendo de relieve la importancia de la diversidad cultural y el pluralismo y de la libertad de religión y de creencias para alcanzar la paz, la estabilidad, la reconciliación y la cohesión social, y recordando a este respecto su resolución 70/76, Reafirmando el valor intrínseco de la diversidad biológica y sus diversas contribuciones al desarrollo sostenible y al bienestar humano, y reconociendo que la fauna y flora silvestres, en sus numerosas, bellas y variadas formas, son un elemento irreemplazable de los sistemas naturales de la Tierra y tienen que ser protegidas para esta generación y las venideras, Poniendo de relieve que la protección de la fauna y flora silvestres debe ser parte de un enfoque amplio para lograr la erradicación de la pobreza, la seguridad alimentaria, el desarrollo sostenible, incluidos la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, el crecimiento económico, el bienestar social y los medios de vida sostenibles, Expresando profunda preocupación por los delitos que afectan al medio ambiente, como el tráfico ilícito de especies de fauna y flora silvestres amenazadas y, en su caso, protegidas, y de desechos peligrosos, y poniendo de relieve la necesidad de combatir esos delitos mediante el fortalecimiento de las medidas coordinadas para eliminar, prevenir y combatir la corrupción y desarticular redes ilícitas y también mediante la coordinación de la cooperación internacional, la creación de capacidad, las respuestas de la justicia penal y las actividades de cumplimiento de la ley, Recordando la aprobación de sus resoluciones 69/314, de 30 de julio de 2015, 70/301, de 9 de septiembre de 2016, y 71/326, de 11 de septiembre de 2017, relativas a la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres, Preocupada por la tendencia al aumento de la ciberdelincuencia y el uso indebido de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones en múltiples formas de delincuencia, __________________ 21 17-23196 Resolución 69/196, anexo. 9/20

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