A/RES/59/250
97. Reconoce los beneficios que reporta el intercambio de experiencias y
conocimientos especializados, y alienta a que se desarrollen las modalidades de
cooperación Sur-Sur, incluidas las modalidades de cooperación triangular, a fin de
ayudar en la transición del socorro al desarrollo, mediante, entre otras cosas, la
utilización de tecnologías de la información y sistemas de gestión de los
conocimientos, así como el intercambio de competencias, para que los países que se
encuentren en esa situación puedan aprovechar la experiencia de otros países en
desarrollo;
98. Insta a los países donantes y a otros países que estén en condiciones de
hacerlo a considerar la posibilidad de adoptar enfoques más coordinados y flexibles
de la financiación de las actividades operacionales para el desarrollo en las
situaciones de transición del socorro al desarrollo, utilizando múltiples instrumentos
de movilización de recursos, y destaca que las contribuciones a la asistencia
humanitaria no se deberían hacer a expensas de la asistencia para el desarrollo y que
la comunidad internacional debería proporcionar recursos suficientes para la
asistencia humanitaria;
99. Insta a los organismos de las Naciones Unidas y la comunidad de
donantes, en coordinación con las autoridades nacionales, a que empiecen a
planificar la transición al desarrollo y adoptar medidas en apoyo de la transición,
como la creación de instituciones y el aumento de la capacidad, desde el comienzo
de la fase de socorro;
XII
Seguimiento
100. Reafirma que los órganos rectores de los fondos, programas y
organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas deberían adoptar
medidas adecuadas para la plena aplicación de la presente resolución, de
conformidad con los párrafos 91 y 92 de la resolución 56/201;
101. Pide al Secretario General que, después de consultar a los fondos,
programas y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas,
presente un informe al Consejo Económico y Social, en su período de sesiones
sustantivo de 2005, sobre un proceso adecuado de gestión, con directrices,
objetivos, parámetros y calendarios claros para la plena aplicación de la presente
resolución;
102. Invita al Consejo Económico y Social a examinar, durante la serie de
sesiones sobre actividades operacionales de su período de sesiones sustantivo de
2006, las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas a fin de
evaluar la aplicación de la presente resolución para asegurar que sea plena;
103. Pide al Secretario General que le presente, en su sexagésimo segundo
período de sesiones, por conducto del Consejo Económico y Social, un análisis
exhaustivo de la aplicación de la presente resolución en el marco de la revisión
trienal de la política, entre otras cosas, utilizando la documentación pertinente, y
formule recomendaciones apropiadas.
75ª sesión plenaria
22 de diciembre de 2004
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