A/RES/63/150
Teniendo presente que, para lograr la plena protección de las personas con
discapacidad, en particular durante los conflictos armados y la ocupación extranjera,
es indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno
respeto de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y se
respeten los instrumentos vigentes en materia de derechos humanos,
Subrayando la importancia de movilizar recursos a todos los niveles para la
aplicación satisfactoria del Programa de Acción Mundial y la Convención, y
reconociendo la importancia de la cooperación internacional y su promoción en
apoyo de los esfuerzos nacionales, en particular en los países en desarrollo,
Reafirmando la necesidad de incluir e integrar los derechos, el bienestar y la
perspectiva de las personas con discapacidad en las iniciativas de desarrollo a nivel
nacional, regional e internacional, ya que de lo contrario no se lograrán realmente
los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular los
Objetivos de Desarrollo del Milenio, y subrayando a este respecto la necesidad de
fomentar o reforzar la eficacia de la legislación nacional y regional, el marco
normativo nacional y los programas de desarrollo que afectan a las personas con
discapacidad,
Acoge con beneplácito el informe del Secretario General sobre el quinto
1.
examen y evaluación quinquenal del Programa de Acción Mundial para las Personas
con Discapacidad 5 y su informe sobre la situación de la Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo facultativo 6;
4F
5F
2.
Expresa su preocupación por el persistente desfase entre la política y la
práctica en lo que se refiere a la incorporación de la perspectiva de las personas con
discapacidad, incluidos sus derechos y su bienestar, en la labor de las Naciones
Unidas para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio;
Insta a los Estados a que hagan participar a las personas con
3.
discapacidad, en pie de igualdad con las demás personas, en la formulación de
estrategias y planes, en particular aquellos que más les conciernen;
Alienta a los Estados a que, en cooperación en particular con las
4.
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como con las
instituciones financieras regionales e internacionales y el sector privado, según
proceda, orienten su labor en base a los objetivos de los instrumentos de las
Naciones Unidas relativos a la discapacidad, lo cual implica, entre otras cosas:
a) Examinar las estrategias, políticas y programas de desarrollo destinados a
la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente,
incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y asegurar que engloben
cuestiones concernientes a las personas con discapacidad y promuevan la igualdad
de oportunidades para todos;
b) Garantizar la accesibilidad y la realización de adaptaciones razonables
para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a vivir de manera
independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida y ser a la vez
agentes y beneficiarios del desarrollo;
c)
Ofrecer a las personas con discapacidad recursos adecuados y servicios y
redes de seguridad social accesibles a fin de mejorar el bienestar de todos;
_______________
5
6
2
A/63/183.
A/63/264 y Corr.1.