A/RES/63/150 Teniendo presente que, para lograr la plena protección de las personas con discapacidad, en particular durante los conflictos armados y la ocupación extranjera, es indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno respeto de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y se respeten los instrumentos vigentes en materia de derechos humanos, Subrayando la importancia de movilizar recursos a todos los niveles para la aplicación satisfactoria del Programa de Acción Mundial y la Convención, y reconociendo la importancia de la cooperación internacional y su promoción en apoyo de los esfuerzos nacionales, en particular en los países en desarrollo, Reafirmando la necesidad de incluir e integrar los derechos, el bienestar y la perspectiva de las personas con discapacidad en las iniciativas de desarrollo a nivel nacional, regional e internacional, ya que de lo contrario no se lograrán realmente los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y subrayando a este respecto la necesidad de fomentar o reforzar la eficacia de la legislación nacional y regional, el marco normativo nacional y los programas de desarrollo que afectan a las personas con discapacidad, Acoge con beneplácito el informe del Secretario General sobre el quinto 1. examen y evaluación quinquenal del Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad 5 y su informe sobre la situación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo facultativo 6; 4F 5F 2. Expresa su preocupación por el persistente desfase entre la política y la práctica en lo que se refiere a la incorporación de la perspectiva de las personas con discapacidad, incluidos sus derechos y su bienestar, en la labor de las Naciones Unidas para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio; Insta a los Estados a que hagan participar a las personas con 3. discapacidad, en pie de igualdad con las demás personas, en la formulación de estrategias y planes, en particular aquellos que más les conciernen; Alienta a los Estados a que, en cooperación en particular con las 4. organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como con las instituciones financieras regionales e internacionales y el sector privado, según proceda, orienten su labor en base a los objetivos de los instrumentos de las Naciones Unidas relativos a la discapacidad, lo cual implica, entre otras cosas: a) Examinar las estrategias, políticas y programas de desarrollo destinados a la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y asegurar que engloben cuestiones concernientes a las personas con discapacidad y promuevan la igualdad de oportunidades para todos; b) Garantizar la accesibilidad y la realización de adaptaciones razonables para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a vivir de manera independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida y ser a la vez agentes y beneficiarios del desarrollo; c) Ofrecer a las personas con discapacidad recursos adecuados y servicios y redes de seguridad social accesibles a fin de mejorar el bienestar de todos; _______________ 5 6 2 A/63/183. A/63/264 y Corr.1.

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