Consolidación de los logros y aceleración de la labor destinada a combatir y erradicar
la malaria en los países en desarrollo, particularmente en los de África, para 2015
A/RES/67/299
Tomando nota de todas las declaraciones y decisiones sobre cuestiones de
salud, en particular las relacionadas con la malaria, aprobadas por la Organización
de la Unidad Africana y por la Unión Africana, entre ellas la Declaración de Abuja
para la Lucha contra el VIH/SIDA, la Tuberculosis y otras Enfermedades
Infecciosas Conexas, que incluye la promesa de destinar al menos el 15% de los
presupuestos nacionales al sector de la salud, el llamamiento de Abuja a la acción
urgente para dar acceso universal a los servicios relacionados con el VIH y el SIDA,
la tuberculosis y la malaria en África, emitido por los Jefes de Estado y de Gobierno
de la Unión Africana en la cumbre extraordinaria de la Unión Africana sobre el VIH
y el SIDA, la tuberculosis y la malaria que se celebró en Abuja del 2 al 4 de mayo
de 2006, la decisión adoptada por la Asamblea de la Unión Africana en su
15° período ordinario de sesiones, celebrado en Kampala del 25 al 27 de julio de
2010, de ampliar hasta 2015 el llamamiento de Abuja para que coincida con los
Objetivos de Desarrollo del Milenio, y la declaración de la cumbre extraordinaria de
la Unión Africana sobre el VIH/SIDA, la tuberculosis y la malaria, celebrada en
Abuja, del 12 al 16 de julio de 2013,
Reconociendo el liderazgo ejercido por la Alianza de Líderes Africanos contra
la Malaria y su compromiso continuado de ayudar a alcanzar las metas fijadas para
2015, y alentando a los miembros de la Alianza a que sigan ejerciendo el liderazgo
político al más alto nivel en la lucha contra la malaria en África,
Acogiendo con beneplácito que el Secretario General haya elegido la malaria
como una de las prioridades más importantes de su segundo mandato y que se haya
comprometido a establecer nuevas asociaciones y mejorar las existentes, así como a
intensificar las intervenciones de gran impacto dirigidas a reducir significativamente
el número de muertes causadas por la malaria,
Reconociendo que los vínculos entre las actividades que se llevan a cabo para
lograr las metas establecidas en la Cumbre Extraordinaria de los Jefes de Estado y
de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana celebrada en Abuja los días
24 y 25 de abril de 2000 son necesarios e importantes para cumplir el objetivo de la
iniciativa “Regresión del Paludismo” 5 y alcanzar las metas de los Objetivos de
Desarrollo del Milenio a más tardar en 2010 y 2015, respectivamente, y acogiendo
con beneplácito, a este respecto, el compromiso de atender las necesidades
particulares de África contraído por los Estados Miembros,
Reconociendo también que la morbilidad y la mortalidad relacionadas con la
malaria en todo el mundo pueden reducirse en gran medida si hay voluntad política
y recursos acordes, si se educa y se sensibiliza la población sobre la malaria y si se
ofrecen servicios de salud adecuados, particularmente en los países donde la
enfermedad es endémica,
Reconociendo además que las actividades de lucha contra la malaria
repercuten positivamente en las tasas generales de mortalidad infantil y materna y
podrían ayudar a los países de África a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del
Milenio cuarto y quinto, consistentes en reducir la mortalidad infantil y mejorar la
salud materna, respectivamente, a más tardar en 2015,
Reconociendo los avances conseguidos en partes de África en la reducción de
la pesada carga que representa la malaria mediante el compromiso político y
programas nacionales sostenibles de lucha contra la malaria, así como los avances
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A/55/240/Add.1, anexo.