A/HRC/RES/57/5
justicia y estén basadas en el respeto de los derechos humanos, incluido el derecho al
desarrollo, en un estado de derecho efectivo y una buena gobernanza a todos los niveles, y
en instituciones transparentes y efectivas que rindan cuentas,
Acogiendo con beneplácito los compromisos asumidos por todos los Estados en la
declaración política titulada “Nuestro compromiso común de afrontar eficazmente los
desafíos y aplicar medidas para prevenir y combatir la corrupción y reforzar la cooperación
internacional”1, consistentes en promover, salvaguardando al mismo tiempo la protección de
los datos personales y el derecho a la privacidad, el uso de innovaciones tecnológicas para
prevenir, detectar y combatir la corrupción y facilitar el gobierno digital a este respecto,
Reconociendo la importancia de un entorno propicio, a nivel nacional e internacional,
para el pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de la relación
de refuerzo mutuo entre la buena gobernanza y los derechos humanos,
Reconociendo también que un gobierno transparente, responsable, que rinda cuentas
de sus actos, abierto y participativo, que responda a las necesidades y aspiraciones de la
población, incluidas las mujeres, los Pueblos Indígenas, las personas con discapacidad y
quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y marginación, es la base de la buena
gobernanza, y que dicha base es una de las condiciones indispensables para la plena
efectividad de los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo, especialmente en
tiempos de crisis,
Reconociendo además la importancia crucial de la participación activa de la sociedad
civil, en los planos nacional, regional e internacional, en los procesos de gobernanza y en el
fomento de la buena gobernanza, entre otras cosas mediante la transparencia y la rendición
de cuentas, a todos los niveles, que son indispensables para la construcción de sociedades
pacíficas, prósperas y democráticas,
Destacando la importancia de elaborar y aplicar legislación nacional sobre la
promoción del acceso a información diversa y fiable, asegurar la participación activa, libre y
efectiva y reforzar la administración de justicia, la transparencia, la rendición de cuentas y la
buena gobernanza a todos los niveles,
Reafirmando el derecho de todo ciudadano a tener acceso, en condiciones generales
de igualdad, a la función pública de su país, como se consagra en el artículo 21 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 25 c) del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos,
Reconociendo que una administración pública profesional, que rinda cuentas de sus
actos, sea transparente y tenga el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad es
uno de los componentes esenciales de la buena gobernanza,
Reconociendo también que el conocimiento, la formación y la concienciación de los
funcionarios públicos, la educación en derechos humanos y la promoción de una cultura de
los derechos humanos en la administración pública desempeñan un papel esencial en la
promoción del respeto y la efectividad de los derechos humanos en la sociedad,
Acogiendo con beneplácito la contribución del programa Premio de Administración
Pública de las Naciones Unidas, que reconoce la excelencia en la administración pública, a
la promoción del papel, la profesionalidad y la visibilidad de la administración pública, y
haciendo notar que se ha revisado con objeto de ajustarlo a la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible,
Reafirmando que la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres, así
como de las niñas, libre de violencia y discriminación, en todos los niveles de la adopción de
decisiones es indispensable para la buena gobernanza,
Acogiendo con beneplácito los compromisos contraídos por todos los Estados en el
Documento Final de la Cumbre Mundial 20052 de hacer de la lucha contra la corrupción una
prioridad a todos los niveles,
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Resolución S-32/1 de la Asamblea General, anexo.
Resolución 60/1 de la Asamblea General.
GE.24-18595