A/RES/49/169 Página 6 garantizar la seguridad del personal internacional y local que realice labores humanitarias en los países de que se trate; 18. Insta a la Alta Comisionada, a los gobiernos y a otras organizaciones competentes a que intensifiquen sus esfuerzos para responder a las necesidades de protección y de asistencia de los niños refugiados, en particular de los menores no acompañados, y pide a los Estados que velen por la seguridad de los niños refugiados y se cercioren de que no son reclutados por el ejército u otros grupos armados; 19. Insta a la Alta Comisionada a que siga tomando iniciativas en favor de las mujeres refugiadas en materia de capacitación técnica y para funciones de liderazgo, conocimiento de sus derechos y educación, y en particular, en la esfera de la salud reproductiva, respetando plenamente las diversas religiones, los valores éticos y culturales de las refugiadas, de conformidad con los derechos humanos universalmente reconocidos; 20. Pide a los Estados que ayuden a la Alta Comisionada a cumplir las responsabilidades que le competen, en virtud de la resolución 3274 (XXIX) de la Asamblea General, de 10 de diciembre de 1974, en lo que respecta a reducir los casos de apatridia, lo que incluye la promoción de la adhesión a los instrumentos internacionales relativos a la apatridia y de su aplicación; 21. Toma nota de la vinculación entre la salvaguardia de los derechos humanos y la prevención de los problemas de refugiados y acoge con satisfacción la creciente cooperación entre la Alta Comisionada y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y su constante colaboración con el Centro de Derechos Humanos de la Secretaría y con la Comisión de Derechos Humanos; 22. Reafirma la importancia de incorporar las consideraciones ambientales a los programas de la Oficina del Alto Comisionado, especialmente en los países menos adelantados y en desarrollo que han acogido refugiados durante largos períodos, habida cuenta de los efectos que tiene para el medio ambiente el gran número de refugiados y personas desplazadas de que se ocupa la Oficina del Alto Comisionado; 23. Celebra los esfuerzos para fortalecer la cooperación entre los gobiernos, la Oficina del Alto Comisionado y las organizaciones no gubernamentales, entre otras cosas mediante el proceso de Asociación para la Acción, y alienta a las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos y la Oficina del Alto Comisionado a que identifiquen las esferas en que se puede aumentar la cooperación; 24. Exhorta a todos los gobiernos y otros donantes a que contribuyan a los programas de la Oficina del Alto Comisionado y a que, teniendo en cuenta las consecuencias en los países de acogida de las necesidades cada vez mayores de grandes poblaciones de refugiados y la necesidad de ampliar la base de donantes y de lograr una mejor distribución de la carga entre los donantes, ayuden a la Alta Comisionada a obtener oportunamente más ingresos de las fuentes gubernamentales tradicionales, de otros gobiernos y del sector privado a fin de satisfacer las necesidades de los refugiados, los repatriados y las personas desplazadas de que se ocupa la Oficina del Alto Comisionado. 94a. sesión plenaria 23 de diciembre de 1994

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