A/RES/51/137
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Recordando el informe del Comité Especial de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz21 en que, en particular, el Comité exhortó a los
Estados Miembros a ratificar la Convención a fin de que ésta pudiera entrar en
vigor en breve plazo,
1.
Acoge complacida todas las firmas, ratificaciones, aceptaciones y
aprobaciones de la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones
Unidas y el Personal Asociado, y las adhesiones a ésta;
2.
Insta a todos los Estados que no lo hayan hecho a que consideren
la posibilidad de ratificar, aceptar o aprobar la Convención o adherirse a
ella para que ésta entre en vigor a la brevedad posible;
3.
Pide al Secretario General que continúe tomando las medidas
necesarias para facilitar la difusión de información sobre la Convención y
para promover la más amplia comprensión de ésta;
4.
Pide también al Secretario General que le informe en su
quincuagésimo tercer período de sesiones sobre la situación de la Convención y
sobre las medidas adoptadas en atención a lo solicitado en el párrafo 3 supra.
83a. sesión plenaria
13 de diciembre de 1996
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A/51/130 y Corr.1.