Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/50/5 Distr. general 18 de julio de 2022 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 50º período de sesiones 13 de junio a 8 de julio de 2022 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 7 de julio de 2022 50/5. La independencia e imparcialidad del poder judicial, los jurados y asesores, y la independencia de los abogados: la participación de las mujeres en la administración de justicia El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, por los artículos 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por los artículos 2, 4, 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y teniendo en cuenta la Declaración y el Programa de Acción de Viena y todos los instrumentos de derechos humanos pertinentes, Recordando los Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura, los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, las Directrices sobre la Función de los Fiscales, los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial y los Principios y Directrices de las Naciones Unidas sobre el Acceso a la Asistencia Jurídica en los Sistemas de Justicia Penal, Recordando también todas las resoluciones y decisiones anteriores del Consejo de Derechos Humanos, así como de la Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General, sobre la independencia e imparcialidad del poder judicial y la integridad del sistema judicial, Tomando nota de los informes del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados presentados al Consejo de Derechos Humanos en sus períodos de sesiones 44º y 47º1 y a la Asamblea General en su septuagésimo sexto período de sesiones2, Tomando nota también de todas las recomendaciones generales y las observaciones generales pertinentes adoptadas por los órganos creados en virtud de tratados, Convencido de que la independencia e imparcialidad del poder judicial, la independencia de los profesionales del derecho, la objetividad e imparcialidad de fiscales capaces de desempeñar debidamente su cometido y la integridad del sistema judicial son 1 2 A/HRC/44/47 y A/HRC/47/35 y Corr.1. A/76/142. GE.22-11085 (S) 060922 090922

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