A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/21
13 de diciembre de 1994
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 37 b) del programa
RESOLUCIONES APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/49/L.28,
A/49/L.30 y A/49/L.31/Rev.1)]
49/21.
Asistencia económica especial a determinados países o
regiones
A
Asistencia económica a los Estados afectados por la aplicación de
las resoluciones del Consejo de Seguridad en virtud de las cuales
se imponen sanciones a la República Federativa de Yugoslavia
(Serbia y Montenegro)
La Asamblea General,
Recordando las disposiciones de los Artículos 25, 48, 49 y 50 de la
Carta de las Naciones Unidas,
Recordando asimismo la resolución 843 (1993) del Consejo de Seguridad,
de 18 de junio de 1993, en la que el Consejo confió al Comité establecido en
virtud de la resolución 724 (1991), de 15 de diciembre de 1991, la tarea de
examinar las solicitudes de asistencia de los Estados Miembros en virtud de
las disposiciones del Artículo 50 de la Carta,
Recordando además la resolución 943 (1994) del Consejo de Seguridad, de
23 de septiembre de 1994, en la que el Consejo invitó al Comité establecido
en virtud de la resolución 724 (1991) a que adoptara los procedimientos
simplificados que fueran apropiados para agilizar su examen de las solicitudes
relativas a casos de asistencia humanitaria legítima,
94-60114
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