Naciones Unidas Asamblea General A/RES/65/24 Distr. general 10 de enero de 2011 Sexagésimo quinto período de sesiones Tema 77 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 6 de diciembre de 2010 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/65/465)] 65/24. Tercera parte de la Guía Legislativa de la CNUDMI sobre el Régimen de la Insolvencia La Asamblea General, Recordando su resolución 2205 (XXI), de 17 diciembre de 1966, por la que estableció la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional con objeto de promover la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional en interés de todos los pueblos y, en particular, los de los países en desarrollo, Recordando también su resolución 59/40, de 2 de diciembre de 2004, en la que se recomendaba que se utilizara la Guía Legislativa de la CNUDMI sobre el Régimen de la Insolvencia 1, Reconociendo que la existencia de regímenes de insolvencia eficaces se considera cada vez más un factor de estímulo del desarrollo económico y de la inversión, así como de fomento de la actividad empresarial y de preservación del empleo, Observando que, dado que las actividades empresariales, tanto en el ámbito interno como en el internacional, se realizan cada vez más por medio de grupos de empresas, la formación de esos grupos es uno de los rasgos de una economía mundial cada vez más globalizada y, por consiguiente, ha pasado a desempeñar una importante función en el comercio internacional, Reconociendo que, en caso de quiebra de un grupo de empresas, no solo es importante saber qué trato recibirá ese grupo en un procedimiento de insolvencia, sino también asegurarse de que ese trato facilite, en vez de obstaculizar, la sustanciación rápida y eficiente de dicho procedimiento, Consciente de que son muy pocos los Estados que reconocen a los grupos de empresas como entidades jurídicas, salvo para fines específicos y con alcance limitado, y que son muy pocos los Estados, de haber alguno, que disponen de un _______________ 1 10-51401 Publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.05.V.10. *1051401* Se ruega reciclar ♲

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