A/RES/58/206 22. Insta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones competentes a que, con carácter prioritario, apoyen los esfuerzos de los países en desarrollo encaminados a asegurar la participación plena y efectiva de la mujer en la adopción y aplicación de estrategias de desarrollo y en la incorporación de las consideraciones de género a los programas nacionales, en particular mediante la aportación de recursos suficientes a las actividades operacionales para el desarrollo en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos por lograr el acceso pleno e igualitario de la mujer a la atención de la salud, el capital, la educación, la capacitación y la tecnología, así como su participación plena y en pie de igualdad en la adopción de todas las decisiones; 23. Reconoce que se necesitará un aumento sustancial de la asistencia oficial para el desarrollo y otros recursos para que los países en desarrollo puedan alcanzar las metas y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular los que figuran en la Declaración del Milenio3, y que, a fin de conseguir apoyo para la asistencia oficial para el desarrollo, será necesario cooperar para seguir mejorando las políticas y estrategias de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional, a fin de mejorar la eficacia de la ayuda; 24. Insta a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho a que adopten medidas concretas para dedicar el 0,7% de su producto nacional bruto como asistencia oficial para el desarrollo de los países en desarrollo y destinar entre el 0,15% y el 0,20% de su producto nacional bruto a los países menos adelantados, objetivos reafirmados en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, celebrada en Bruselas del 14 al 20 de mayo de 2001 9, alienta a los países en desarrollo a que consoliden los progresos logrados para utilizar eficazmente la asistencia oficial para el desarrollo a fin de alcanzar sus metas y objetivos de desarrollo, expresa su reconocimiento a todos los donantes por los esfuerzos desplegados, encomia a aquellos cuyas contribuciones a la asistencia oficial para el desarrollo están aumentando, han alcanzado objetivos fijados o los han sobrepasado, y subraya la importancia de que se comprometan a considerar los medios y los plazos para alcanzar esos objetivos y metas; 25. Alienta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas, al sector privado y a la sociedad civil a que sigan proporcionando los recursos financieros necesarios para asistir a los gobiernos en sus esfuerzos por alcanzar los objetivos de desarrollo y los puntos de referencia convenidos en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Cumbre del Milenio, la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, los períodos extraordinarios de sesiones de la Asamblea General vigésimo tercero y vigésimo cuarto y otras conferencias y cumbres pertinentes de las Naciones Unidas; 26. Alienta al sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones internacionales y regionales, según proceda, a que presten asistencia a los gobiernos, cuando éstos lo soliciten, para el fomento de la capacidad institucional y la preparación de planes de acción nacionales o la aplicación ulterior de los planes de acción existentes para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing; _______________ 9 6 Véase A/CONF.191/13.

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