A/RES/48/17
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6.
Pide a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, a las
organizaciones internacionales, los organismos intergubernamentales y las
organizaciones no gubernamentales que presten a la población de Burundi ayuda
humanitaria de emergencia o de otra índole;
7.
Decide seguir ocupándose de la cuestión hasta que se encuentre
solución a la crisis.
48a. sesión plenaria
3 de noviembre de 1993