A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/148 4 de febrero de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 161 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.53 y Add.1)] 51/148. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización Internacional para las Migraciones La Asamblea General, Recordando su resolución 47/4, de 16 de octubre de 1992, por la cual otorgó la condición de observador a la Organización Internacional para las Migraciones, Recordando también que uno de los propósitos de las Naciones Unidas es realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social o humanitario, Recordando además que la Organización Internacional para las Migraciones ayuda a enfrentar los problemas operacionales de las migraciones, suscribe el principio de que la migración digna y ordenada beneficia a los inmigrantes y a la sociedad y está empeñada en facilitar la comprensión de las cuestiones relativas a la migración, estimular el desarrollo social y económico por medio de la migración y lograr el respeto efectivo de la dignidad humana y el bienestar de los emigrantes, Afirmando la necesidad de fortalecer la cooperación que ya existe entre ambas organizaciones con respecto a cuestiones de interés común, Observando el deseo de ambas organizaciones de consolidar y realzar la cooperación que existe entre ambas en las esferas económica, social, humanitaria y administrativa, 97-76264 /...

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