A/RES/51/148
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1.
Toma nota con satisfacción de la concertación, el 25 de junio de
1996, del Acuerdo de Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización
Internacional para las Migraciones1;
2.
Invita al Secretario General de las Naciones Unidas a adoptar las
medidas apropiadas, en consulta con el Director General de la Organización
Internacional para las Migraciones, para velar por que se establezcan la
cooperación y el enlace efectivos necesarios entre las secretarías de las dos
organizaciones a fin de asegurar la acción complementaria entre ambas;
3.
Pide al Secretario General de las Naciones Unidas que, en consulta
con el Director General de la Organización Internacional para las Migraciones,
propicie consultas sistemáticas sobre asuntos de interés común;
4.
Invita a los organismos especializados y a otras organizaciones,
fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas a que cooperen con el
Secretario General de las Naciones Unidas y el Director General de la
Organización Internacional para las Migraciones a fin de iniciar, mantener y
aumentar las consultas con la Organización Internacional para las Migraciones
y los programas realizados conjuntamente con ella para lograr sus objetivos;
5.
Pide al Secretario General que vele por que, en el contexto del
informe que ha de presentar en cumplimiento de la resolución 50/123 de la
Asamblea General, de 20 de diciembre de 1995, en relación con el tema titulado
"Migración internacional y desarrollo, incluida la celebración de una
Conferencia de las Naciones Unidas sobre la migración internacional y el
desarrollo", se informe a la Asamblea de la cooperación que se establezca
entre las Naciones Unidas y la Organización Internacional para las Migraciones
en virtud del Acuerdo de Cooperación.
84a. sesión plenaria
13 de diciembre de 1996
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E/1996/90.