A/RES/59/84
Recordando las reuniones primera a quinta de los Estados partes en la
Convención, celebradas en Maputo (1999) 2, Ginebra (2000) 3, Managua (2001) 4,
Ginebra (2002) 5 y Bangkok (2003) 6, y la reafirmación de un compromiso de lograr
la eliminación total de las minas antipersonal y de esforzarse, con renovado vigor,
por limpiar las zonas minadas, prestar asistencia a las víctimas, destruir las minas
antipersonal acumuladas y promover la adhesión universal a la Convención,
Recordando también el proceso preparatorio de la Primera Conferencia de
Examen de la Convención, que se celebrará en Nairobi del 29 de noviembre al 3 de
diciembre de 2004, y las dos reuniones preparatorias celebradas en Ginebra el
13 de febrero y el 28 y 29 de junio de 2004 con arreglo a las decisiones de la Quinta
Reunión de los Estados Partes 7,
Acogiendo con beneplácito los seminarios regionales que se han celebrado en
diferentes partes del mundo durante 2003 y 2004, que han contribuido al
intercambio de información, experiencias y mejores prácticas en las actividades
relativas a las minas, así como a los preparativos para la Primera Conferencia de
Examen, y recordando los esfuerzos por aumentar la cooperación en el contexto
regional y promover sinergias entre diferentes regiones,
Observando con interés que se reconoce cada vez más la necesidad de integrar
las actividades relativas a las minas en los programas y las estrategias nacionales de
desarrollo y, a ese respecto, celebrando las novedades registradas con posterioridad
a la Quinta Reunión de los Estados Partes, incluida la reunión entre el Presidente de
la Quinta Reunión de los Estados Partes y el Presidente del Banco Mundial
celebrada el 20 de septiembre de 2004, que contribuyó a la posible asociación entre
la comunidad que se dedica a actividades relativas a las minas y el Banco Mundial,
Observando con satisfacción el aumento del número de Estados que han
ratificado la Convención o se han adherido a ella, gracias a lo cual el número total
de Estados que han aceptado oficialmente las obligaciones estipuladas en la
Convención asciende a ciento cuarenta y tres,
Poniendo de relieve la conveniencia de lograr la adhesión de todos los Estados
a la Convención y decidida a trabajar con denuedo para lograr su universalización,
Observando con pesar que las minas antipersonal continúan utilizándose en
conflictos en el mundo entero, lo cual ocasiona sufrimientos humanos y dificulta el
desarrollo después de los conflictos,
Invita a todos los Estados que no han firmado la Convención sobre la
1.
prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas
antipersonal y sobre su destrucción1 a adherirse a ella sin demora;
2.
Insta a todos los Estados que han firmado la Convención pero que no la
han ratificado a ratificarla sin demora;
3.
Destaca la importancia de lograr la aplicación plena y efectiva de la
Convención, así como su pleno cumplimiento;
_______________
2
Véase APLC/MSP.1/1999/1.
Véase APLC/MSP.2/2000/1.
4
Véase APLC/MSP.3/2001/1.
5
Véase APLC/MSP.4/2002/1.
6
Véase APLC/MSP.5/2003/5.
7
Ibíd., parte I, secc. E.
3
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