A/HRC/RES/41/10
8.
Alienta la colaboración entre los Gobiernos, las organizaciones
internacionales, las ONG, las instituciones académicas y de investigación, las fundaciones
filantrópicas y el sector privado, y una mayor coherencia de las políticas y las acciones
coordinadas mediante enfoques pangubernamentales y que incorporen la salud en todas las
políticas, a fin de encontrar soluciones a los problemas de salud, como la necesidad de una
labor de investigación y desarrollo orientada a la salud pública, la mejora de los marcos
actuales y alternativos para recompensar adecuadamente la innovación, la fijación de
precios y asequibilidad de los productos de salud, y el aprovechamiento de tecnologías,
incluidas las digitales y soluciones para la salud, que sean innovadoras;
9.
Alienta a los Estados a que, en cooperación con otros interesados, redoblen
los esfuerzos tendientes a lograr un suministro continuo de productos de salud que sean de
calidad, seguros, eficaces y asequibles mediante la investigación y el desarrollo orientados
a satisfacer las necesidades de salud pública, para la aplicación y gestión eficientes de las
normas sobre propiedad intelectual, realicen una selección de productos de salud basada en
datos concluyentes y procuren obtener precios justos y asequibles, adopten medidas
acertadas de gestión de las adquisiciones y la cadena de suministro, y promuevan la
prescripción, la entrega y el uso racional apropiados de los productos de salud;
10.
Reconoce la importancia de capacitar adecuadamente al personal de salud,
incluidos los trabajadores sanitarios de las comunidades, mejorar la alfabetización sanitaria
a fin de lograr el más alto nivel posible de salud física y mental, y reforzar la cobertura
sanitaria universal;
11.
Insta a todos los Estados, a los organismos y programas de las Naciones
Unidas y a las organizaciones intergubernamentales competentes, especialmente la
Organización Mundial de la Salud, en el marco de sus mandatos respectivos, y alienta a las
ONG y a los interesados pertinentes, incluidas las empresas farmacéuticas, a que
promuevan la innovación en la labor de investigación y desarrollo para hacer frente a las
necesidades en materia de salud en los países en desarrollo, incluido el acceso a
medicamentos y vacunas seguros, eficaces, de calidad y asequibles, en particular con
respecto a las enfermedades que afectan desproporcionadamente a los países en desarrollo,
así como a los problemas derivados de la carga creciente que suponen las enfermedades no
transmisibles, teniendo en cuenta la Estrategia Mundial y el Plan de Acción sobre Salud
Pública, Innovación y Propiedad Intelectual de la Organización Mundial de la Salud;
12.
Invita al Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más
alto nivel posible de salud física y mental a que, mientras sigue examinando las múltiples
maneras de hacer plenamente efectivo el derecho de toda persona al disfrute del más alto
nivel posible de salud física y mental, continúe teniendo muy presente la dimensión de
derechos humanos del acceso a los medicamentos y las vacunas en el ejercicio de sus
funciones, de conformidad con el mandato;
13.
Invita a los Estados Miembros y a todos los interesados, incluidos los
órganos, organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, los órganos
de tratados, los titulares de mandatos de procedimientos especiales, las instituciones
nacionales de derechos humanos, la sociedad civil y el sector privado a que promuevan la
coherencia de las políticas en las esferas de los derechos humanos, la salud pública, la
propiedad intelectual y el comercio y la inversión internacionales al estudiar el acceso a los
medicamentos y las vacunas;
14.
Solicita a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos que:
a)
Convoque, antes del 46º período de sesiones del Consejo de Derechos
Humanos, un seminario entre períodos de sesiones de un día de duración sobre las buenas
prácticas, las principales dificultades y las novedades en relación con el acceso a los
medicamentos y las vacunas como uno de los elementos fundamentales del derecho de toda
persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, en coordinación con
la Organización Mundial de la Salud;
b)
Invite a los Estados, los órganos, organismos, fondos y programas pertinentes
de las Naciones Unidas, los órganos de tratados, los titulares de mandatos de los
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GE.19-12330