A/RES/49/48 Página 2 Haciendo hincapié en la necesidad de consolidar y aplicar el régimen existente de derecho internacional humanitario y de lograr que ese derecho goce de aceptación universal, Consciente del papel que desempeña el Comité Internacional de la Cruz Roja en la protección de las víctimas de los conflictos armados, Observando con reconocimiento los esfuerzos constantes que realiza el Comité Internacional de la Cruz Roja por promover y difundir el conocimiento de los dos Protocolos adicionales, 1. Reconoce la aceptación prácticamente universal de los Convenios de Ginebra de 1949 y la aceptación cada vez mayor de los dos Protocolos adicionales de 1977; 2. Observa, sin embargo, que, en comparación con la situación de los Convenios de Ginebra, el número de Estados partes en los dos Protocolos adicionales sigue siendo limitado; 3. Hace un llamamiento a todos los Estados partes en los Convenios de Ginebra de 1949 que todavía no lo hayan hecho para que consideren la posibilidad de pasar a ser también partes en los Protocolos adicionales a la brevedad posible; 4. Exhorta a todos los Estados que ya son partes en el Protocolo I, y a aquellos que no siéndolo tengan intención de pasar a ser partes en ese Protocolo, a que consideren la posibilidad de formular la declaración prevista en el artículo 90 de ese Protocolo; 5. Toma nota de la declaración aprobada al finalizar la Conferencia Internacional para la Protección de las Víctimas de Guerra, celebrada en Ginebra del 30 de agosto al 1º de septiembre de 1993 4/, en la que se reafirmó la necesidad de adoptar medidas preventivas y de hacer más eficaz la aplicación del derecho humanitario internacional; 6. Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General en su quincuagésimo primer período de sesiones un informe sobre el estado de los Protocolos adicionales, basado en la información que se reciba de los Estados Miembros; 7. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo primer período de sesiones el tema titulado "Estado de los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados". 84ª sesión plenaria 9 de diciembre de 1994 __________ 4/ A/48/742, anexo.

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