A/RES/67/64
Naciones Unidas
Distr. general
11 de diciembre de 2012
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 95 g) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/67/410)]
67/64. Convención sobre la Prohibición de la Utilización
de Armas Nucleares
La Asamblea General,
Convencida de que el empleo de armas nucleares constituye la más grave
amenaza para la supervivencia de la humanidad,
Teniendo presente la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de
8 de julio de 1996 sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de las armas
nucleares 1,
Convencida de que un acuerdo multilateral, universal y vinculante que prohíba la
utilización o la amenaza de la utilización de armas nucleares contribuiría a eliminar la
amenaza nuclear y a crear un clima propicio para celebrar negociaciones que culminen
en la eliminación de las armas nucleares, fortaleciendo así la paz y la seguridad
internacionales,
Consciente de que algunas medidas adoptadas por los Estados Unidos de
América y la Federación de Rusia para reducir sus armas nucleares y mejorar el clima
internacional pueden contribuir al logro del objetivo de la eliminación completa de las
armas nucleares,
Recordando que en el párrafo 58 del Documento Final de su décimo período
extraordinario de sesiones 2 se declara que todos los Estados deberían participar
activamente en los esfuerzos por crear, en las relaciones internacionales entre Estados,
condiciones en que se pueda acordar un código de conducta pacífica de las naciones en
los asuntos internacionales y que excluyan el empleo o la amenaza del empleo de
armas nucleares,
Reafirmando que todo empleo de armas nucleares constituiría una violación de la
Carta de las Naciones Unidas y un crimen de lesa humanidad, como declaró en sus
resoluciones 1653 (XVI), de 24 de noviembre de 1961, 33/71 B, de 14 de diciembre de
_______________
1
2
A/51/218, anexo.
Resolución S-10/2.
12-48247S
*1248247*
Se ruega reciclar