A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/205
9 de marzo de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 99 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/630)]
52/205. Cooperación económica y técnica entre los países en desarrollo
La Asamblea General,
Reafirmando sus resoluciones 33/134, de 19 de diciembre de 1978, en la que hizo suyo el Plan de
Acción de Buenos Aires para promover y realizar la cooperación técnica entre los países en desarrollo1,
46/159, de 19 de diciembre de 1991, relativa a la cooperación técnica entre los países en desarrollo, 49/96,
de 19 de diciembre de 1994, relativa a una conferencia de las Naciones Unidas sobre la cooperación SurSur, y 50/119, de 20 de diciembre de 1995, relativa a la cooperación económica y técnica entre los países
en desarrollo y una conferencia de las Naciones Unidas sobre la cooperación Sur-Sur, así como otras
resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social sobre la cooperación
económica y técnica entre los países en desarrollo,
Reafirmando también que la cooperación Sur-Sur es un elemento importante de la cooperación
internacional para el desarrollo y una base fundamental para la autosuficiencia nacional y colectiva, así
1
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cooperación Técnica entre Países en
Desarrollo, Buenos Aires, 30 de agosto a 12 de septiembre de 1978 (publicación de las Naciones Unidas,
No. de venta: S.78.II.A.11 y corrección), cap. I.
98-77164
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