A/HRC/RES/18/7
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
13 de octubre de 2011
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
18º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
18/7
Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia,
la reparación y las garantías de no repetición
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos
Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Convenios de Ginebra de 12 de agosto
de 1949 y sus Protocolos adicionales de 8 de junio de 1977, otros instrumentos
internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario pertinentes y
la Declaración y el Programa de Acción de Viena,
Recordando el Conjunto de principios para la protección y la promoción de los
derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad1, así como la versión actualizada
de esos principios2,
Recordando también la resolución 60/147 de la Asamblea General, de 16 de
diciembre de 2005, relativa a los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las
víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y
de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener
reparaciones,
Recordando además las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos
2005/70, de 20 de abril de 2005, sobre los derechos humanos y la justicia de transición,
2005/81, de 21 de abril de 2005, sobre la impunidad, y 2005/66, de 20 de abril de 2005,
sobre el derecho a la verdad, así como las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos
12/11, de 1º de octubre de 2009, sobre los derechos humanos y la justicia de transición,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
1
2
informe del Consejo sobre su 18º período de sesiones (A/HRC/18/2), cap. I.
E/CN.4/Sub.2/1997/20/Rev.1, anexo II.
E/CN.4/2005/102/Add.1.
GE.11-16636 (S)
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