A/HRC/RES/18/7 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de octubre de 2011 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 18º período de sesiones Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 18/7 Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y sus Protocolos adicionales de 8 de junio de 1977, otros instrumentos internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario pertinentes y la Declaración y el Programa de Acción de Viena, Recordando el Conjunto de principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad1, así como la versión actualizada de esos principios2, Recordando también la resolución 60/147 de la Asamblea General, de 16 de diciembre de 2005, relativa a los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, Recordando además las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos 2005/70, de 20 de abril de 2005, sobre los derechos humanos y la justicia de transición, 2005/81, de 21 de abril de 2005, sobre la impunidad, y 2005/66, de 20 de abril de 2005, sobre el derecho a la verdad, así como las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 12/11, de 1º de octubre de 2009, sobre los derechos humanos y la justicia de transición, * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el 1 2 informe del Consejo sobre su 18º período de sesiones (A/HRC/18/2), cap. I. E/CN.4/Sub.2/1997/20/Rev.1, anexo II. E/CN.4/2005/102/Add.1. GE.11-16636 (S) 201011 241011

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