A/RES/58/190 hacen a sus países de acogida y de origen, intercambiando experiencias y adoptando disposiciones para protegerlos; 24. Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de ratificar, aceptar o aprobar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 18 y sus dos protocolos adicionales, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, o de adherirse a ellos, y los insta a aplicar plenamente esos instrumentos; 25. Toma nota del informe provisional de la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes 19, y le pide que en el desempeño de su mandato, actividades y funciones tenga en cuenta las recomendaciones formuladas en la Declaración y el Programa de Acción de Durban; 26. Pide a todos los gobiernos que cooperen plenamente con la Relatora Especial en el desempeño de las funciones y los deberes que le han sido encomendados, que suministren toda la información solicitada y que respondan rápidamente a sus llamamientos urgentes; 27. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, un informe sobre la aplicación de esta resolución, en relación con el subtema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos, incluidos distintos criterios para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales” y pide a la Relatora Especial que le presente en su quincuagésimo noveno período de sesiones un informe provisional sobre el cumplimiento de su mandato. 77ª sesión plenaria 22 de diciembre de 2003 _______________ 18 19 6 Resolución 55/25, anexo I. A/58/275.

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