A/RES/65/187 violencia contra las mujeres y las niñas, inclusive ayudando a los países que lo soliciten a preparar y aplicar planes de acción nacionales sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas, por ejemplo mediante la asistencia oficial para el desarrollo y otros tipos de asistencia adecuada, como la facilitación del intercambio de directrices, metodologías y mejores prácticas, teniendo en cuenta las prioridades nacionales; 18. Destaca la labor de los tribunales penales internacionales especiales y de la Corte Penal Internacional, que contribuyen a poner fin a la impunidad castigando a los autores de actos de violencia contra las mujeres y asegurando que rindan cuenta de esos actos, e insta a los Estados a que consideren con carácter prioritario la posibilidad de ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional12, que entró en vigor el 1 de julio de 2002, o de adherirse a él; 19. Exhorta al Comité interinstitucional de evaluación de programas del Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas en apoyo de las medidas para eliminar la violencia contra la mujer a que, en consulta con la Red interinstitucional sobre la mujer y la igualdad entre los géneros, siga proporcionando orientación sobre la aplicación de la estrategia del Fondo Fiduciario para el período 2010-2015 y potencie aun más su eficacia como mecanismo de financiación de todo el sistema para la prevención y reparación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, y a que tenga debidamente en cuenta, entre otras cosas, las conclusiones y recomendaciones derivadas de la evaluación externa del Fondo Fiduciario; 20. Observa con preocupación la diferencia cada vez mayor entre los recursos financieros de que dispone el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas en apoyo de las medidas para eliminar la violencia contra la mujer y los fondos necesarios para atender una demanda creciente, e insta a los Estados y otros interesados a que, en la medida de lo posible, aumenten significativamente sus contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario con el fin de alcanzar para 2015 el objetivo anual de 100 millones de dólares de los Estados Unidos fijado por la campaña del Secretario General “Unidos para poner fin a la violencia contra las mujeres”, al tiempo que expresa su aprecio por las contribuciones al Fondo Fiduciario que ya han hecho efectivas algunos Estados, el sector privado y otros donantes; 21. Destaca que en el sistema de las Naciones Unidas deberían asignarse recursos suficientes a ONU-Mujeres y a otros órganos, organismos especializados, fondos y programas encargados de promover la igualdad entre los géneros y los derechos de la mujer, así como a las iniciativas emprendidas en todo el sistema de las Naciones Unidas para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que facilite el apoyo y los recursos necesarios; 22. Acoge con beneplácito la creación por el Secretario General de la base de datos sobre la violencia contra la mujer 17, expresa su aprecio a todos los Estados que han aportado información a la base de datos, entre otras cosas, acerca de las políticas y los marcos jurídicos que han adoptado para eliminar la violencia contra la mujer y apoyar a las víctimas de dicha violencia, alienta enérgicamente a todos los Estados a que aporten periódicamente información actualizada a la base de datos, y exhorta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas a que sigan prestando apoyo a los Estados que lo soliciten para reunir y _______________ 17 Se puede consultar en www.un.org/esa/vawdatabase. 9

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