A/RES/65/187 Expresando su aprecio por los esfuerzos y el elevado número de actividades realizadas por los Estados para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer que han dado como resultado el fortalecimiento de la legislación y los sistemas de justicia penal nacionales, entre ellas la adopción de planes de acción, estrategias y mecanismos de coordinación nacionales, la aplicación de medidas de prevención, incluidas medidas de concienciación y fomento de la capacidad, el refuerzo de la protección, el apoyo y los servicios proporcionados a las víctimas y sobrevivientes, y el mejoramiento de la reunión y el análisis de datos, Poniendo de relieve que sigue siendo un problema el hecho de que los marcos jurídicos nacionales para prevenir y combatir la violencia contra la mujer no se apliquen plena y eficazmente, como se señala en el informe del Secretario General 16, Reconociendo la importante función de la familia a la hora de prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas y la necesidad de fomentar su capacidad para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, Reconociendo también el importante papel que desempeña la comunidad, en particular los hombres y los niños varones, así como la sociedad civil, en particular las organizaciones de mujeres, en los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, Destaca que por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de 1. violencia basada en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada; Reconoce que la violencia contra las mujeres y las niñas persiste en todos 2. los países del mundo y constituye una violación generalizada del disfrute de los derechos humanos y uno de los obstáculos principales al logro de la igualdad entre los géneros, el desarrollo, la paz y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular los Objetivos de Desarrollo del Milenio; 3. Acoge con beneplácito el informe del Secretario General16; 4. Acoge con beneplácito también el hecho de que un elevado número de Estados Miembros hayan respondido a la solicitud del Secretario General y proporcionado información respecto de la aplicación de la resolución 63/155, y espera que los Estados Miembros sigan respondiendo de igual modo a futuras solicitudes del Secretario General; Acoge con beneplácito además las iniciativas e importantes 5. contribuciones realizadas a nivel local, nacional, regional e internacional para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, entre ellas las del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias; 6. Secretario mujeres”, Secretario Expresa su aprecio por los progresos logrados en la campaña del General para 2008-2015, “Unidos para poner fin a la violencia contra las mediante la puesta en marcha de la Red de Hombres Líderes del General y la elaboración de un marco de acción en el que se definen los _______________ 16 4 A/65/208.

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