A/HRC/RES/34/14
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
11 de abril de 2017
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
34º período de sesiones
27 de febrero a 24 de marzo de 2017
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 24 de marzo de 2017
34/14. El derecho al trabajo
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Declaración y el
Programa de Acción de Viena, y recordando el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación contra la Mujer y los demás instrumentos internacionales de
derechos humanos relacionados con el derecho al trabajo, así como la Declaración y
Plataforma de Acción de Beijing y los documentos finales correspondientes a su examen y
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible1,
Reafirmando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 28/15,
de 26 de marzo de 2015, y 31/15, de 23 de marzo de 2016, sobre el derecho al trabajo,
Recordando la resolución 63/199 de la Asamblea General, de 19 de diciembre
de 2008, titulada “Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre la
justicia social para una globalización equitativa”, y las resoluciones del Consejo Económico
y Social 2007/2, de 17 de julio de 2007, sobre la función del sistema de las Naciones
Unidas en la promoción del empleo pleno y productivo y del trabajo decente para todos,
y 2008/18, de 24 de julio de 2008, sobre la promoción del pleno empleo y el trabajo
decente para todos,
Recordando también la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo
relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y el seguimiento de la
misma, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86ª reunión, el 18 de
junio de 1998, la Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa,
adoptada por la Conferencia en su 97ª reunión, el 10 de junio de 2008, el Pacto Mundial
para el Empleo, adoptado por la Conferencia en su 98ª reunión, el 19 de junio de 2009, la
resolución relativa a la igualdad de género como eje del trabajo decente, adoptada por la
Conferencia en su 98ª reunión, el 17 de junio de 2009, y la resolución de la Organización
Internacional del Trabajo sobre el seguimiento de su Declaración relativa a los Principios y
Derechos Fundamentales en el Trabajo, adoptada por la Conferencia en su 99ª reunión, el
15 de junio de 2010,
1
Resolución 70/1 de la Asamblea General.
GE.17-05887 (S)
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