A/RES/54/177
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que la Comisión se ajuste a los principios de 1993 relativos al estatuto de las instituciones nacionales de
promoción y protección de los derechos humanos5;
9. Expresa su preocupación por las continuas amenazas de muerte contra el Sr. Salman Rushdie por
la Fundación 15 Khordad, que incluso ha aumentado la recompensa que ofrece, pese a las garantías brindadas
por el Gobierno de la República Islámica del Irán en Nueva York en septiembre de 1998, y acoge con
satisfacción las seguridades que ha dado el Gobierno de que no se propone adoptar ninguna medida que ponga
en peligro la vida del Sr. Rushdie y de las personas relacionadas con su trabajo, ni de alentar o prestar ayuda
a nadie para que lo haga, de que se desvincula de cualquier recompensa ofrecida a este respecto y de que no
la apoya;
10. Expresa también su preocupación porque desde 1996 el Gobierno de la República Islámica del Irán
no ha invitado al Representante Especial a visitar el país, y exhorta al Gobierno a que vuelva a prestar su plena
cooperación al Representante Especial y lo invite a visitar el país;
11. Expresa su grave preocupación por las violaciones de los derechos humanos que se siguen
cometiendo en la República Islámica del Irán, sobre las cuales ha informado el Representante Especial, en
particular las ejecuciones en que no parecen haberse observado las salvaguardias internacionalmente
reconocidas, la invocación de las leyes de seguridad nacional para conculcar los derechos individuales, los
casos de tortura y de tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes, así como el incumplimiento de las
normas internacionales relativas a la administración de justicia y la falta de las debidas garantías procesales,
y exhorta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que tome todas las medidas necesarias para poner
fin a la utilización de la tortura y a la práctica de las amputaciones, lapidaciones y otras formas de penas
crueles, inhumanas y degradantes;
12. Expresa su preocupación por las restricciones a la libertad de expresión, de opinión, de pensamiento
y de prensa y por la injerencia en el trabajo de los escritores y periodistas y el cierre de publicaciones, así como
por las circunstancias en que se producen las detenciones de particulares por el hecho de haber participado en
manifestaciones de estudiantes, y por las informaciones de que algunos de ellos podrían ser sentenciados a la
pena capital o a otras penas severas, y exhorta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que tome nuevas
medidas a fin de garantizar la libertad de expresión, de opinión, de pensamiento y de prensa;
13. Expresa también su preocupación por la discriminación contra las minorías religiosas, en particular
contra los bahaíes, y sigue gravemente preocupada por la implacable persecución contra los bahaíes, en
particular, la condena a muerte y la detención de miembros de la comunidad y la clausura del Instituto Baha’i
de Enseñanza Superior, y exhorta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que aplique plenamente las
conclusiones y recomendaciones del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la
intolerancia religiosa en relación con los bahaíes y otras minorías religiosas hasta que disfruten plenamente de
sus derechos;
14. Exhorta a las autoridades de la República Islámica del Irán a que realicen nuevos esfuerzos con el
fin de que el poder judicial reconozca a todos, en todos los casos, las debidas garantías procesales y, en este
contexto, garanticen un juicio imparcial y transparente al grupo de personas detenidas a comienzo de 1999,
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Resolución 48/134, anexo.
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