A/RES/51/150 Página 2 Tomando nota, en vista de los recientes acontecimientos en el proceso de paz, de los grandes problemas económicos y sociales que enfrentan el pueblo palestino y sus dirigentes, Consciente de la apremiante necesidad de prestar asistencia internacional al pueblo palestino, teniendo en cuenta las prioridades palestinas, Tomando nota de la convocación del Seminario de las Naciones Unidas sobre la Asistencia al Pueblo Palestino, "Formación de la economía palestina: desafíos y posibilidades"2, celebrado en El Cairo del 21 al 23 de mayo de 1996, Haciendo hincapié en la necesidad de que las Naciones Unidas participen plenamente en el proceso de creación de las instituciones palestinas y presten amplia asistencia al pueblo palestino, incluida asistencia en materia de elecciones, entrenamiento de policías y administración pública, Tomando nota del nombramiento por el Secretario General en junio de 1994 del Coordinador Especial de las Naciones Unidas en los Territorios Ocupados, Acogiendo con beneplácito los resultados de la Conferencia en apoyo de la paz en el Oriente Medio, celebrada en Washington D.C., el 1º de octubre de 1993, el establecimiento de un Comité de Enlace Ad Hoc y la labor de secretaría de ese Comité que está realizando el Banco Mundial, así como el establecimiento del grupo consultivo y la celebración en París, el 9 de enero de 1996, de la Conferencia ministerial sobre asistencia económica al pueblo palestino, Habiendo examinado el informe del Secretario General3, 1. Toma nota del informe del Secretario General3; 2. Expresa su reconocimiento al Secretario General por su rápida respuesta y por las gestiones realizadas para prestar asistencia al pueblo palestino; 3. Expresa su reconocimiento también a los Estados Miembros, a los órganos de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que han prestado y siguen prestando asistencia al pueblo palestino; 4. Destaca la importancia de la labor realizada por el Coordinador Especial de las Naciones Unidas en los Territorios Ocupados y de las medidas adoptadas con el auspicio del Secretario General para asegurar el establecimiento de un mecanismo de coordinación de las actividades de las Naciones Unidas en todos los territorios ocupados; 5. Insta a los Estados Miembros, a las instituciones financieras internacionales del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y a las organizaciones regionales e 2 A/51/166-E/1996/67. 3 A/51/171-E/1996/75. /...

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