A/RES/51/150
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Tomando nota, en vista de los recientes acontecimientos en el proceso de
paz, de los grandes problemas económicos y sociales que enfrentan el pueblo
palestino y sus dirigentes,
Consciente de la apremiante necesidad de prestar asistencia
internacional al pueblo palestino, teniendo en cuenta las prioridades
palestinas,
Tomando nota de la convocación del Seminario de las Naciones Unidas
sobre la Asistencia al Pueblo Palestino, "Formación de la economía palestina:
desafíos y posibilidades"2, celebrado en El Cairo del 21 al 23 de mayo de
1996,
Haciendo hincapié en la necesidad de que las Naciones Unidas participen
plenamente en el proceso de creación de las instituciones palestinas y presten
amplia asistencia al pueblo palestino, incluida asistencia en materia de
elecciones, entrenamiento de policías y administración pública,
Tomando nota del nombramiento por el Secretario General en junio de 1994
del Coordinador Especial de las Naciones Unidas en los Territorios Ocupados,
Acogiendo con beneplácito los resultados de la Conferencia en apoyo de
la paz en el Oriente Medio, celebrada en Washington D.C., el 1º de octubre de
1993, el establecimiento de un Comité de Enlace Ad Hoc y la labor de
secretaría de ese Comité que está realizando el Banco Mundial, así como el
establecimiento del grupo consultivo y la celebración en París, el 9 de enero
de 1996, de la Conferencia ministerial sobre asistencia económica al pueblo
palestino,
Habiendo examinado el informe del Secretario General3,
1.
Toma nota del informe del Secretario General3;
2.
Expresa su reconocimiento al Secretario General por su rápida
respuesta y por las gestiones realizadas para prestar asistencia al pueblo
palestino;
3.
Expresa su reconocimiento también a los Estados Miembros, a los
órganos de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales que han prestado y siguen prestando asistencia al pueblo
palestino;
4.
Destaca la importancia de la labor realizada por el Coordinador
Especial de las Naciones Unidas en los Territorios Ocupados y de las medidas
adoptadas con el auspicio del Secretario General para asegurar el
establecimiento de un mecanismo de coordinación de las actividades de las
Naciones Unidas en todos los territorios ocupados;
5.
Insta a los Estados Miembros, a las instituciones financieras
internacionales del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y a las organizaciones regionales e
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A/51/166-E/1996/67.
3
A/51/171-E/1996/75.
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