A/RES/55/118
2.
Encomia a la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití por
el adiestramiento y la supervisión de la Policía Nacional de Haití, así como a la
Misión Civil Internacional en Haití por seguir de cerca la situación de los derechos
humanos y sus actividades de apoyo a las instituciones democráticas, y toma nota de
que los mandatos de ambas concluyeron el 15 de marzo de 2000, lo cual allanó el
camino para la creación de la Misión Civil Internacional de Apoyo en Haití, con el
mandato de ampliar y consolidar los resultados obtenidos en ese ámbito;
3.
Destaca la necesidad de que la Policía Nacional de Haití continúe
adoptando medidas más eficaces a fin de mejorar su desempeño por medio, entre
otras cosas, de la asistencia técnica, el adiestramiento y la formación con objeto de
actuar de forma eficiente, dentro del marco del respeto de los derechos humanos,
para frenar el incremento alarmante de la inseguridad en el país;
4.
Reitera su invitación al Gobierno de Haití a que ratifique, lo antes
posible, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes 9 y los Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos 10;
5.
Pide a todos los gobiernos interesados que pongan a disposición del
Gobierno de Haití información y documentación que le permita enjuiciar a los
autores de violaciones de los derechos humanos, a fin de consolidar los intentos que
ya han realizado las autoridades del país para acabar con la impunidad y facilitar el
proceso de reconciliación;
6.
Exhorta al Gobierno de Haití a que continúe llevando adelante las reformas
estructurales de la policía y el sistema judicial y la mejora del sector penitenciario, a
que investigue debidamente los crímenes que obedezcan a móviles políticos y a que
procese a los autores de tales crímenes conforme al derecho de Haití, a que adopte
medidas enérgicas para eliminar las violaciones de los derechos humanos que
subsistan, incluidas las detenciones y encarcelamientos ilegales, así como el
encarcelamiento de personas por las autoridades en violación de las decisiones de
los tribunales sobre su puesta en libertad, y a que vele por que existan las debidas
garantías procesales, entre ellas plazos razonables;
7.
Reafirma la importancia de las investigaciones emprendidas por la
Comisión Nacional de la Verdad y la Justicia para acabar con la impunidad y
conseguir que el proceso de transición y de reconciliación nacional sea auténtico y
efectivo, y alienta al Gobierno de Haití a que continúe sometiendo a juicio a los
autores de las violaciones de los derechos humanos denunciadas por la Comisión
Nacional y a que cree mecanismos eficaces de apoyo a las víctimas, en particular a
las mujeres, los niños y sus familiares;
8.
Acoge con satisfacción la decisión del Consejo Permanente de la
Organización de los Estados Americanos de que la Organización, actuando junto con
la Comunidad del Caribe y otros agentes políticos y grupos de la sociedad civil,
preste asistencia al Gobierno de Haití y a todas las demás partes interesadas a fin de
determinar, lo antes posible, las opciones que existan y formular recomendaciones
para resolver las dificultades ocasionadas por las interpretaciones conflictivas de la
ley electoral, y expresa la esperanza de que, como consecuencia, el Gobierno de
9
Resolución 39/46, anexo.
Véanse resoluciones 2200 A (XXI), anexo, y 44/128, anexo.
10
3
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