A/RES/57/82 Convención y en lo tocante a promover la realización oportuna y eficaz de todos sus objetivos; 4. Destaca también la importancia vital de la aplicación y el cumplimiento plenos y efectivos de todas las disposiciones de la Convención; 5. Insta a todos los Estados partes en la Convención a que cumplan total y puntualmente las obligaciones que les impone la Convención y presten apoyo a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas en sus actividades de aplicación; 6. Destaca la importancia que tiene para la Convención que todos los poseedores de armas químicas, instalaciones de producción de armas químicas o instalaciones para el desarrollo de armas químicas, incluidos los Estados declarados poseedores anteriormente, figuren entre los Estados partes en la Convención, y acoge con beneplácito los avances logrados en ese sentido; 7. Acoge con beneplácito la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas en el marco del acuerdo en que se definen las relaciones entre las Naciones Unidas y dicha Organización, de conformidad con las disposiciones de la Convención; 8. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo período de sesiones el tema titulado “Aplicación de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción”. 57ª sesión plenaria 22 de noviembre de 2002 2

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