A/RES/59/287
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
21 de abril de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 107 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 13 de abril de 2005
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/59/652/Add.1)]
59/287. Informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna
sobre el fortalecimiento de la función de investigación en
las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 48/218 B, de 29 de julio de 1994, 54/244, de
23 de diciembre de 1999, y 59/272, de 23 de diciembre de 2004, en las que se
estableció la Oficina de Servicios de Supervisión Interna y se definió su
independencia operacional,
Recordando también sus resoluciones 57/282, de 20 de diciembre de 2002,
y 58/268, de 23 de diciembre de 2003,
Habiendo examinado el informe de la Oficina de Servicios de Supervisión
Interna sobre el fortalecimiento de la función de investigación en las Naciones
Unidas 1,
Observando que la investigación independiente responde a los intereses
superiores de la Organización,
Observando también que las infracciones del Reglamento Financiero y
Reglamentación Financiera Detallada y del Estatuto y el Reglamento del Personal
de las Naciones Unidas, así como de las instrucciones administrativas, se consideran
faltas de conducta y darán lugar a medidas disciplinarias,
Toma nota del informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna
1.
sobre el fortalecimiento de la función de investigación en las Naciones Unidas1;
2.
Subraya de nuevo el principio de la separación, la imparcialidad y la
equidad de los responsables de las funciones de investigación;
3.
Subraya de nuevo también que la Oficina de Servicios de Supervisión
Interna es el órgano interno al que se ha encomendado la función de investigación
en las Naciones Unidas;
_______________
1
04-49438
Véase A/58/708.
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