A/RES/59/287 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 21 de abril de 2005 Quincuagésimo noveno período de sesiones Tema 107 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 13 de abril de 2005 [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/59/652/Add.1)] 59/287. Informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna sobre el fortalecimiento de la función de investigación en las Naciones Unidas La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 48/218 B, de 29 de julio de 1994, 54/244, de 23 de diciembre de 1999, y 59/272, de 23 de diciembre de 2004, en las que se estableció la Oficina de Servicios de Supervisión Interna y se definió su independencia operacional, Recordando también sus resoluciones 57/282, de 20 de diciembre de 2002, y 58/268, de 23 de diciembre de 2003, Habiendo examinado el informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna sobre el fortalecimiento de la función de investigación en las Naciones Unidas 1, Observando que la investigación independiente responde a los intereses superiores de la Organización, Observando también que las infracciones del Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada y del Estatuto y el Reglamento del Personal de las Naciones Unidas, así como de las instrucciones administrativas, se consideran faltas de conducta y darán lugar a medidas disciplinarias, Toma nota del informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna 1. sobre el fortalecimiento de la función de investigación en las Naciones Unidas1; 2. Subraya de nuevo el principio de la separación, la imparcialidad y la equidad de los responsables de las funciones de investigación; 3. Subraya de nuevo también que la Oficina de Servicios de Supervisión Interna es el órgano interno al que se ha encomendado la función de investigación en las Naciones Unidas; _______________ 1 04-49438 Véase A/58/708.

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