Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/57/15 Distr. general 11 de octubre de 2024 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 57º período de sesiones 9 de septiembre a 11 de octubre de 2024 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 10 de octubre de 2024 57/15. Los derechos humanos y los Pueblos Indígenas El Consejo de Derechos Humanos, Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos y los Pueblos Indígenas, Reafirmando su apoyo al logro de los fines de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General en su resolución 61/295, de 13 de septiembre de 2007, Reconociendo que, desde su aprobación, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ha tenido una influencia positiva en la redacción de varias constituciones y leyes a nivel nacional y local, y ha contribuido al desarrollo progresivo de marcos jurídicos, jurisprudencia y políticas internacionales y nacionales en relación con los Pueblos Indígenas, Apreciando la labor que se está llevando a cabo para promover, proteger y hacer efectivos los derechos de los Pueblos Indígenas, recordando el compromiso contraído en la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas de estudiar formas de reforzar la participación de representantes e instituciones de los Pueblos Indígenas debidamente establecidos por estos en las reuniones de los órganos pertinentes de las Naciones Unidas sobre asuntos que les conciernan, y acogiendo con beneplácito la resolución 71/321 de la Asamblea General, de 8 de septiembre de 2017, Reconociendo la importancia de la participación de representantes e instituciones de los Pueblos Indígenas debidamente establecidos por estos en las reuniones de diversos órganos de las Naciones Unidas y de sus órganos subsidiarios, en particular el Consejo de Derechos Humanos y su Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, lo que contribuye a la sostenibilidad de los debates y las decisiones adoptadas por las Naciones Unidas en los asuntos que conciernen a los Pueblos Indígenas, Recordando el documento final de la Reunión de Diálogo sobre el Fortalecimiento de la Participación de los Pueblos Indígenas en las Naciones Unidas, organizada por instituciones y organizaciones indígenas y celebrada en Quito del 27 al 30 de enero de 2020, GE.24-18606 (S) 141024 151024

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