Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/57/15
Distr. general
11 de octubre de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
57º período de sesiones
9 de septiembre a 11 de octubre de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 10 de octubre de 2024
57/15.
Los derechos humanos y los Pueblos Indígenas
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, la Comisión
de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos y los
Pueblos Indígenas,
Reafirmando su apoyo al logro de los fines de la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General en su
resolución 61/295, de 13 de septiembre de 2007,
Reconociendo que, desde su aprobación, la Declaración de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas ha tenido una influencia positiva en la redacción de
varias constituciones y leyes a nivel nacional y local, y ha contribuido al desarrollo
progresivo de marcos jurídicos, jurisprudencia y políticas internacionales y nacionales en
relación con los Pueblos Indígenas,
Apreciando la labor que se está llevando a cabo para promover, proteger y hacer
efectivos los derechos de los Pueblos Indígenas, recordando el compromiso contraído en la
reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial
sobre los Pueblos Indígenas de estudiar formas de reforzar la participación de representantes
e instituciones de los Pueblos Indígenas debidamente establecidos por estos en las reuniones
de los órganos pertinentes de las Naciones Unidas sobre asuntos que les conciernan, y
acogiendo con beneplácito la resolución 71/321 de la Asamblea General, de 8 de septiembre
de 2017,
Reconociendo la importancia de la participación de representantes e instituciones de
los Pueblos Indígenas debidamente establecidos por estos en las reuniones de diversos
órganos de las Naciones Unidas y de sus órganos subsidiarios, en particular el Consejo de
Derechos Humanos y su Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas, y el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, lo que contribuye a la
sostenibilidad de los debates y las decisiones adoptadas por las Naciones Unidas en los
asuntos que conciernen a los Pueblos Indígenas,
Recordando el documento final de la Reunión de Diálogo sobre el Fortalecimiento de
la Participación de los Pueblos Indígenas en las Naciones Unidas, organizada por
instituciones y organizaciones indígenas y celebrada en Quito del 27 al 30 de enero de 2020,
GE.24-18606 (S)
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