A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/53/227
30 de junio de 1999
Quincuagésimo tercer período de sesiones
Tema 122 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/53/982)]
53/227. Financiación de la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el
Líbano
La Asamblea General,
Reafirmando sus resoluciones 51/233, de 13 de junio de 1997, y 52/237, de 26 de junio de 1998,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación de la Fuerza
Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano1 y los informes conexos de la Comisión Consultiva en
Asuntos Administrativos y de Presupuesto2,
Teniendo presente la resolución 425 (1978) del Consejo de Seguridad, de 19 de marzo de 1978, por
la cual el Consejo estableció la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano, y las resoluciones
posteriores por las cuales el Consejo prorrogó el mandato de la Fuerza, la última de las cuales fue la
resolución 1223 (1999), de 28 de enero de 1999,
Recordando su resolución S-8/2, de 21 de abril de 1978, relativa a la financiación de la Fuerza, y sus
resoluciones posteriores sobre la cuestión, la última de las cuales fue la resolución 52/237,
1
A/53/797 y A/53/819.
2
A/53/895 y Add.1.
99-77284
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