A/RES/58/181
concebidos pueden tener un efecto catalizador en las iniciativas nacionales,
regionales e internacionales encaminadas a promover y proteger los derechos
humanos e impedir que sean vulnerados,
Convencida de que la educación en la esfera de los derechos humanos
contribuye a una concepción integral del desarrollo compatible con la dignidad de
las personas de cualquier edad, que ayuda a promover los derechos de los grupos
más vulnerables de la sociedad, como los niños, los jóvenes, las personas de edad,
las poblaciones indígenas, las minorías, los pobres de las zonas rurales y urbanas,
los trabajadores migratorios, los refugiados, las personas afectadas por el VIH/SIDA
y los discapacitados,
Convencida también de que una mejor coordinación y una cooperación más
estrecha a nivel nacional, regional e internacional podrían hacer más eficaces las
actuales actividades de educación e información pública en la esfera de los derechos
humanos,
Reconociendo el inestimable, creativo y activo papel que desempeñan las
organizaciones no gubernamentales y comunitarias en la promoción y protección de
los derechos humanos, difundiendo información y emprendiendo actividades de
educación en la esfera de los derechos humanos, especialmente a nivel popular,
Consciente de la aportación que puede hacer el sector privado a la educación
en la esfera de los derechos humanos, mediante su apoyo financiero a las
actividades gubernamentales y no gubernamentales y las iniciativas originales y
eficaces que adopte,
Observando con reconocimiento la labor realizada hasta ahora por la Oficina
del Alto Comisionado para los Derechos Humanos a fin de ejecutar el Plan de
Acción del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los
derechos humanos, 1995-2004 2 y de fomentar el intercambio de información sobre
la educación en materia de derechos humanos,
Observando con beneplácito otras actividades de información pública en
materia de derechos humanos realizadas por las Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta la resolución 2003/70 de la Comisión de Derechos
Humanos, de 25 de abril de 2003 3, en la que se pidió a la Oficina del Alto
Comisionado que, conjuntamente con la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura, informara de los logros y los fallos registrados en
el actual Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los
derechos humanos,
Observa con reconocimiento el informe del Alto Comisionado de las
1.
Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las actividades de educación e
información pública en la esfera de los derechos humanos 4;
2.
Acoge con satisfacción las medidas adoptadas por los gobiernos y las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a fin de ejecutar el Plan
de Acción del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los
_______________
2
A/51/506/Add.1, apéndice.
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23),
cap. II, secc. A.
4
Véase A/58/318.
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