A/RES/58/22 2. Deplora que algunos Estados hayan trasladado sus representaciones diplomáticas a Jerusalén, contraviniendo la resolución 478 (1980) del Consejo de Seguridad, y exhorta una vez más a esos Estados a que respeten las disposiciones de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas; 3. Subraya que toda solución general, justa y duradera de la cuestión de la ciudad de Jerusalén debe tener en cuenta las preocupaciones legítimas de las partes palestina e israelí e incluir disposiciones garantizadas internacionalmente por las que se asegure la libertad de religión y de conciencia de sus habitantes, así como el acceso permanente, libre y sin trabas a los Santos Lugares de personas de todas las religiones y nacionalidades; 4. Pide al Secretario General que le presente un informe, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución. 68ª sesión plenaria 3 de diciembre de 2003 2

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